• jueves 21 de septiembre del 2023
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Se reglamentó la Ley Lucio

Se trata de la norma que busca la protección integral de niños, niñas y adolescentes.

Ayer se publicó en el Boletín Oficial el reglamento n° 360/2023 que tiene por objeto la ley de creación del plan federal de capacitación sobre los derechos de niños, niñas y adolescentes, mejor conocida como “Ley Lucio” en memoria de Lucio Dupuy.

El Poder Ejecutivo de la Nación redactó y publicó las reglas atinentes a la aplicación práctica de la Ley 27.709, las que entraron en vigencia en el día de su publicación (conforme a su art. 4).

La referida norma -como informamos anteriormente- busca proteger integralmente las niñeces y adolescencias proponiendo la capacitación obligatoria para los agentes del Estado que trabajan en relación a la niñez. 

Su reglamento ahora faculta a la Secretaría Nacional de Adolescencia y Familia (Ministerio de Desarrollo Social), su autoridad de aplicación, a tomar una serie de medidas como celebrar los acuerdos o convenios necesarios y dictar las normas aclaratorias y/o complementarias, en post de garantizar su efectivo cumplimiento.

En su Anexo, se establecen los pormenores de dicha reglamentación particularmente instando a un abordaje interorganismos y dependecias. 

En primer lugar dispone que los sujetos obligados son los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial y sus dependencias de la nación, así como su alcance todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos los niveles y jerarquías cualquiera fuera su modalidad de contratación o relación.

A su vez y para el caso de que alguno de ellos se negare, sin justa causa, a realizar las capacitaciones será en principio intimado, pero su incumplimiento será considerado falta grave y dará lugar a las sanciones correspondientes.

En cuanto a sus contenidos, estos serán recomendados por la autoridad de aplicación, y podrán orientarse a la especialidad de cada área u organismo en el que se desempeñen los y las agentes en cuestión.

Además y dentro de 90 días (contados a partir del 17 de julio) se deberá elaborar un curso de formación inicial para la promoción del buen trato; prevención y detección temprana de la violencia contra niños, niñas y adolescentes y difusión de recursos para asesoramiento, abordaje y denuncia de situaciones de violencia.

Con el fin de concientizar a la ciudadanía deberán también realizar campañas de concientización que se diseñen con información en lenguaje sencillo y aseguren su acceso a personas con discapacidad.

 

Accedé a la ley y al reglamento

 

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