• viernes 25 de abril del 2025
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Inhabilitaron provisoriamente a Aníbal Lotocki a ejercer la medicina

De forma cautelar hasta la resolución de fondo, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional determinó la inhabilitación en el ejercicio de la profesión.

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional dispuso inhabilitar de forma cautelar al médico Anibal Lotocki para ejercer su profesión hasta tanto se resuelva de forma definitiva el fondo de la cuestión. El recurso había sido interpuesto por una de sus pacientes, la licenciada en Psicología y emprendedora Pamela Sosa.

En primera instancia, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 28 resolvió absolver a Lotocki del delito de estafas y condenó al médico por lesiones graves y lo inhabilitó a ejercer su profesión por cinco años. No obstante ello, al no encontrarse firme la decisión Lotocki podía seguir ejerciendo como médico, por ello, Pamela Sosa interpuso el remedio judicial con la finalidad de que se inhabilite cautelarmente.

En aquella oportunidad, el juzgado de primera instancia justificó dicho rechazo en que “sancionar anticipadamente al Medico Lotocki e impedir el ejercicio de su profesión en esta instancia, vulneraría el principio de inocencia. Al respecto, dicho estado sólo se pierde una vez acreditada su culpabilidad mediante el dictado de una sentencia condenatoria firme”.

Contra esa decisión, la querella de Sosa presentó un recurso de casación, donde expresó que Lotocki “...ha realizado práctica habitual de su profesión en calidad de médico con las terribles consecuencias que afectaron la anatomía de mi organismo y siendo los daños en la salud refieren ser de carácter irreversible tanto en mi caso como a las otras 3 damnificadas” sostuvo Sosa.

Asimismo, agregó que: “El Sr. Lotocki ejerció su profesión con una especialidad del cual no estaba debidamente autorizado por el   Ministerio de Salud de la Nación careciendo de idoneidad y al día de la fecha continua ejerciendo dicha profesión, siendo que durante la tramitación del Debate el acusado nunca   desmintió   dicha   situación   es   más   afirmó   que   su profesión es médico”.

Cabe destacar que también se presentaron en la causa como querellante Estefanía Xipolitakis, Gabriela Trenchi y Silvina Luna, tres de las presuntas damnificadas por el accionar de Lotocki.

Luego de una análisis formal, los integrantes de la Sala III de la Casación Nacional, Héctor Magariños y Pablo Jantus, consideraron que la medida cautelar pretendida tiene como finalidad “evitar la producción de nuevos episodios que menoscaben, en este caso, la salud pública, a causa de comportamientos o conductas desplegadas en el ejercicio de una actividad cuyo desempeño se ha acreditado deficiente con un cierto grado de verosimilitud”. Asimismo, destacaron que lo solicitado se encuentra regulado en el artículo 310, primer párrafo del Código Procesal Penal de la Nación.

Por otra parte, los jueces, en la interpretación de los requisitos para otorgar la cautelar, concluyeron que en el caso no puede prescindirse de la verificación de una reiteración de hechos lesivos a la salud pública como producto del ejercicio de su profesión, ello en la medida que la condena impuesta en primera instancia abarca cuatro casos de similares características que generaron daños en la salud de los pacientes de Lotocki.

Entre otras cuestiones, la Cámara tuvo en cuenta resulta relevante que el pasado 6 de junio, Lotocki fue procesado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº60, en el marco de la causa donde se lo investiga por el homicidio de un paciente al cual el médico intervino quirúrgicamente en el mes de abril de 2021.


Accedé al fallo.

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