Lo hizo la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación donde aborda el uso de "fondos reservados" en los grupos de Inteligencia terroristas.
La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación presentó el resultado de la investigación sobre los fondos secretos de los servicios de inteligencia de la dictadura, realizado por el equipo de investigadores e investigadoras de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos Nacionales en Materia de Derechos Humanos. El estudio aborda la sostenibilidad económica de los grupos de tareas de inteligencia durante la dictadura.
El documento adquiere relevancia a la hora de esclarecer el proceder en la utilización de fondos secretos para hacer funcionar la máquina de inteligencia, el “cerebro de la dictadura” como señala el informe; el mecanismo evidenciado consistía en la destinación de fondos al Batallón de Inteligencia 601, con inspecciones periódicas de la Jefatura II del Estado Mayor General del Ejército.
El informe está destinado a juzgados y fiscalías del país que trabajan en causas por delitos de lesa humanidad. Los “fondos secretos”, los cuales se sabía muy poco hasta hoy, es el dinero reservado que recibía el Batallón de Inteligencia 601 y en los Destacamentos específicos que se encargaban de la “subversión”.
Fue elaborado por la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos Nacionales en Materia de Derechos Humanos de la Nación y se suma a otros 135 elaborados por el ex Programa Verdad y Justicia creado por Nestor Kirchner en el 2007 con el objetivo de esclarecer hechos y responsabilidades penales en las causas vinculadas a la última dictadura civico militar.
Los fondos secretos de la última dictadura que se mencionan en algunos documentos militares se amparaban en la Ley 18.302/69 del dictador Juan C. Onganía en la que precisaba el otorgamiento de créditos para gastos "reservados" a un número de organismos entre los que se contaban; los Comandos en Jefe de las tres fuerzas armadas, la Secretaría de Informaciones del Estado (SIE), y las fuerzas de seguridad (Gendarmería, Prefectura, Policía Federal y Servicio Penitenciario nacional).
Las normativas dictadas en el Boletín Reservado del Ejército evidenciaban los recaudos y las particularidades en la asignación de fondos en su avanzada militar, como lo dispuesto sobre la Fiscalización Contable en el BRE nº 4853:
"Cumplido dicho plazo, procederá a su incineración, previa intervención de la Jefatura V – Finanzas del EMGE. Con respecto a los duplicados de las rendiciones de cuentas y a los libros y documentos contables que confeccionan todos los elementos de la Fuerza, serán incinerados luego de cumplido el período mínimo de archivo de UN (1) año".
La Jefatura II - Inteligencia del Estado Mayor General del Ejército funcionaba en el quinto piso del Edificio Libertador General San Martín.
Tal como revela el documento de la Secretaría de DDHH, se aportó una aproximación a los manejos de finanzas y contaduría dentro del Estado Mayor General del Ejército: la administración de estos “fondos secretos” correspondió en la época de la última dictadura a la Jefatura II – Inteligencia, y no a la Jefatura V – Finanzas. "Este control habría permitido asignar a los Destacamentos de Inteligencia de manera más eficaz y controlada los recursos necesarios para la represión ilegal", asegura.
La Cuenta Especial 764 se comprobó estar adjudicada al Comando en Jefe del Ejército. A la misma también se le adjudicaba otro valor: “Jurisdicción 46”.
Contextualizando la asignación, algunas normas de la época señalaban: "Frente al problema que tal situación plantea, es imprescindible la concurrencia del Comando en Jefe del Ejército, para que mediante la intervención de sus servicios de carácter reservado, proceda a la adquisición de los elementos que garanticen el desenvolvimiento eficaz de las operaciones antiguerrilleras”.
El decreto secreto Nº 2.313 de 1978 ordenaba también una modificación presupuestaria, utilizando la misma fórmula donde se referenciaba la “Cuenta Especial 764” y la “Jurisdicción 46”. En la modificación de 1976 citada, por ejemplo, se daba un aumento mil millones de pesos al Ejército (identificado como “Función 2.01”). Este aumento se repartía entre bienes y servicios no personales (inciso 12) por 160 millones y bienes de capital (inciso 51) por 840 millones. Su destino se consignaba de la siguiente manera: Jurisdicción Comando en Jefe del Ejército.