Una práctica habitual en otros países y que, además, ha sido legislada en otras provincias. Ahora, en Buenos Aires, se estableció por ley.
La legislatura bonaerense aprobó un proyecto de ley sobre el acceso libre y gratuito al agua. La norma tiene por objeto garantizar su acceso irrestricto y, a su vez, define como objetivo que su promoción es una de las principales estrategias para mitigar los efectos de la intoxicación alcohólica y otras sustancias psicoactivas ya que reduce riesgos.
En este sentido, se estableció que todo establecimiento o lugar que se encuentre habilitado para la venta o expendio de bebidas alcohólicas, dentro del ámbito físico en el que funciona ya sea fijo o móvil, deberán proveer a sus clientes agua potable suficiente y sin límite alguno.
En cuanto a su dispendio, se establecen una serie de requisitos como que, los dispositivos o receptáculos que contengan el agua, deberán encontrarse debidamente señalizados, limpios, situados en sitios distintos a los sanitarios y estar acompañados de accesorios que permitan su consumo, entre otros.
En el caso de los establecimientos que tengan atención con mesas o barras, deberán garantizar en las mismas jarra, vaso o envase de agua potable con al menos doscientos cincuenta centímetros cúbicos.
También se prevé que, en aquellos establecimientos donde se realicen eventos masivos, los organizadores del evento tendrán a su cargo garantizar una zona de descanso y punto de hidratación, así como un espacio de posta sanitaria junto a otro punto de hidratación y alimentación saludable.
Asimismo, para todos aquellos responsables alcanzados por el articulado de la ley deberán capacitarse sobre primeros auxilios, trato y abordaje adecuado sobre personas en situación de consumo desde una perspectiva de reducción de riesgos y daños.
Por último, su reglamentación así como la autoridad de aplicación, quien tendrá la facultad de imponer multas, ha quedado a criterio del Poder Ejecutivo.
La iniciativa bonaerense, por su parte, no es nueva en el país. Por ejemplo la ley 13.935 de la provincia de Santa Fe establece el Derecho de Jarras, es decir agua potable libre y gratuita, mediante jarras o cualquier otro medio en todos los bares y restaurantes como así también en dependencias de la provincia al igual que los establecimientos escolares.