El máximo tribunal uruguayo rechazó la solicitud del ex asesor presidencial de Mauricio Macri, que tiene un pedido de extradición de la justicia argentina.
La Suprema Corte de Justicia de la República Oriental del Uruguay rechazó un recurso de casación presentado por el ex asesor presidencial, Fabián “Pepín” Rodríguez Simón, que pretendía ser reconocido como refugiado en ese país ante el proceso de proceso de extradición que tramita en la justicia argentina.
Ello viene a confirmar las decisiones de los jueces y juezas de primera y segunda instancia de la justicia uruguaya, que habían rechazado el pedido de Rodríguez Simón de ser declarado como refugiado político.
La solicitud de extradición fue realizada por la jueza María Servini, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°1 de la Capital Federal, en la causa donde se lo investiga a Fabián “Pepín” Rodríguez Simón por hostigamiento y extorsión contra los empresarios de medios Cristóbal López y Fabián De Sousa, mientras se desempeñaba como asesor del ex presidente Mauricio Macri.
Al día siguiente de la solicitud de la jueza Servini, Rodríguez Simón había iniciado su pedido de reconocimiento como refugiado político. Sin embargo, la Comisión de Refugiados (CORE) de Uruguay -encargada de determinar en sede administrativa si una persona goza o no de la condición jurídica de refugiada- había concluido que el pedido no tenía asidero.
A partir de ello, en la justicia uruguaya se inició un proceso por extradición, del cual la solicitud de reconocimiento como refugiado tramitó por vía de incidente. Fue sobre este incidente –y por haberse adoptado una sentencia interlocutoria que no revestía el carácter de definitiva- que la Suprema Corte resolvió declarar inadmisible el recurso de Casación presentado por la defensa de Rodríguez Simón.
Así, el máximo tribunal uruguayo aclaró que “el reconocimiento de la condición de refugiado configura la denegatoria automática al pedido de extradición o entrega de la persona requerida. En consecuencia, de lo que viene de señalarse, no puede más que concluirse que el proceso de extradición queda en suspenso hasta tanto no se resuelva la solicitud de refugio”.
Ante la falta de reconocimiento como refugiado político por parte de la justicia uruguaya, ahora continuará la tramitación del proceso de extradición que se encontraba abierto en sede judicial que se encontraba "frenado" hasta que se decidiera si asistía o no razón a Rodríguez Simón en su reclamo para ser declarado como refugiado político.
La decisión adoptada por la Suprema Corte uruguaya traslada ahora la atención a la CORE, que tiene a cargo de decidir en sede administrativa –nuevamente- si Rodríguez Simón reviste el carácter de refugiado político o no y así concluir el proceso de extradición iniciado en sede judicial.