Una nueva resolución del Ministerio de Salud dejó sin validez las prescripciones médicas que se presentaban en las farmacias a través de fotos por WhatsApp.
Luego de que la Organización Mundial de la Salud declarase la pandemia el 11 de marzo de 2020, nuestro país siguió el mismo camino a través del decreto n°260/2020. Allí fue cuando comenzaron a proyectarse políticas públicas para afrontar la misma y en paralelo continuar con el desarrollo del resto de las actividades, surgiendo modalidades como el teletrabajo/ “home office”, ventas exclusivamente online, la enseñanza a distancia y otros distintos tipos de adaptación.
La salud pública se volvió la principal prioridad de las autoridades, surgiendo entresijos como el tratamiento mismo del brote SARS COVID 19 y el continuar atendiendo otras afecciones, enfermedades y urgencias. Tomándose decisiones como el afectar centros hospitalarios únicamente al cuidado de pacientes que se veían infectados por el nuevo virus, dejando otros centros de salud para el resto de padecimientos, en otros lugares, debido a las condiciones y posibilidades, se dividía internamente el edificio, así como también se montaron nuevos.
A fin de evitar la aglomeración y cumplir con las medidas de cuidado muchos médicos se vieron obligados, en la medida de lo posible, a atender a sus pacientes a distancia. Tras las consultas y el desarrollo de la excepcional cotidianeidad, las autoridades, nuevamente se vieron envueltas en enfrentar el desafío de articular procedimientos. Al haberse dispuesto la restricción de la circulación y con ello el no funcionamiento de comercios y uno limitado para las farmacias, el 31 de marzo, el Ministerio de Salud, dispuso a través de la resolución 696/20 autorizar prescripciones y dispensas de medicamentos de manera online a fin de acompañar y evitarle mayores dispendios a aquellas personas que padecían patologías crónicas y eventualmente agudas, como por ejemplo cáncer, ASMA, diabetes, artritis, alzheimer, etc.
Con el devenir de las vacunas, la disminución considerable de la mortandad y una mejor contención de la pandemia aquella excepcionalidad dispuesta comenzó a desdibujarse, así como también se empezaron a registrar casos de abuso en el uso de antibióticos o psicofármacos.
Finalmente el 22 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial la resolución n°3622/2022 que puso fin a estas prácticas. Desde entonces, sólo se podrán presentar recetas en papel o digitales con firma electrónica certificada. Esta última modalidad se encuentra regulada a través de la ley 27.553, sancionada en 2020.
La resolución del Ministerio de Salud 3622/2022 que deroga la n° 696 del año 2020 expedida por el mismo organismo busca continuar protegiendo la salud de la población y asegurar la autenticidad de las prescripciones.