Con la finalidad de promover la actividad turística, se fijaron tres días feriados en los meses de mayo, junio y octubre.
El Presidente de la Nación, Alberto Fernández, mediante el Decreto nº 764/21 publicado en el boletín oficial de hoy, estableció como feriados con fines turísticos para el año 2023 los días viernes 26 de mayo, lunes 19 de junio y viernes 13 de octubre.
Además, en la misma norma se prevé que los feriados nacionales trasladables permanecerán en la fecha designada en la Ley n° 27.399, que rige los feriados nacionales y días no laborables. Allí se expresa que los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente.
La misma ley es la que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta 3 días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes.
De esta manera sumando el feriado de carnaval se darán cuatro fines de semana extra largos, del 18 al 21 de febrero (carnaval), del 25 al 28 de mayo (Revolución de Mayo y feriado turístico), del 17 al 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano y feriado turístico) y del 13 al 16 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural y feriado turístico).