La norma tiene como finalidad el blanqueo para incentivar la construcción.
En el Boletín Oficial de hoy se promulgó la Ley nº 27.679, denominada Ley de Incentivo a la Inversión, Construcción y Producción Argentina. La norma, había culminado su trámite legislativo en las cámaras el pasado 10 de agosto; ahora, mediante su promulgación, entró en vigencia las previsiones de la misma.
En su primer artículo, la ley restablece el régimen establecido por el Título II de la Ley 27.613, referido a un impuesto especial que se determina sobre el valor de la tenencia que declaren voluntariamente aquellos sujetos individualizados en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que no hubieran declarado ante la AFIP las tenencias en su poder, con el objeto de blanquear fondos para la construcción. La alícuota a aplicar varía de acuerdo al tiempo donde fue declarada la tenencia, ello hasta el plazo de 360 días corridos.
Cabe aclarar que se establece que la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Banco Central de la República Argentina reglamentarán la presente ley dentro de los quince (15) días corridos y dictarán la normativa complementaria e interpretativa necesaria para implementar las condiciones previstas en ella.
El flamante Ministro de Economía manifestó: "Esta medida de alivio fiscal es clave para impulsar el crecimiento y la financiación de una de las industrias más pujantes del país. Cuando trabaja la construcción, trabajan las actividades a su alrededor, se crean empleos, se mueve la economía y la Argentina crece."
Por otra parte, la norma contempla el proceso de transformación de Planes, Programas Sociales y Prestaciones de la Seguridad Social en Trabajo Formal de Calidad, otro de los anuncios realizados por el nuevo Ministro de Economía, Sergio Tomás Massa. La finalidad radica en que el/la prestatario/a siga percibiendo el plan por el plazo de 360 días hasta su radicación en el trabajo formal.