Se publicó una resolución que reglamenta el procedimiento para reclamar la indemnización.
En el Boletín Oficial de hoy, se publicó una resolución conjunta entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, mediante la cual, se implementa el procedimiento para solicitar la indemnización por efectos adversos a la aplicación de las vacunas contra el COVID.
La norma es complementaria del DNU n° 431/2021 que estableció el marco legal para el desarrollo del plan de vacunación contra la COVID-19. A través de ese decreto, se modificaron previsiones de la Ley n° 27.543 de Vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19.
En ese sentido, la medida publicada hoy especifica que se entenderá "por damnificado o damnificada a quien habiendo recibido alguna de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 dentro del Territorio Nacional presente un evento adverso sobre su salud física como consecuencia directa de la vacuna". Asimismo, la tramitación del reclamo deberá haber previamente notificado -a través del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA)- por el personal de salud que asista al presunto damnificado o la presunta damnificada.
Además, la resolución incluye un anexo particular que contempla el Procedimiento para la Tramitación de Reclamos para el Acceso a la Indemnización del Fondo de Reparación COVID-19 - Ley N° 27.573. Cabe aclarar que la tramitación del reclamo indemnizatorio será ante la Comisiones Médicas Jurisdiccionales, prevista en el artículo 8° sexies de la ley mencionada.