• domingo 23 de marzo del 2025
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El Congreso sancionó la Ley de Respuesta Integral al VIH y otras enfermedades de transmisión sexual

La norma contempla un cúmulo de derechos y prerrogativas para el abordaje integral de las patologías de transmisión sexual.

En una extensa sesión, la Cámara de Senadores transformó en ley el proyecto venido en revisión sobre respuesta integral al VIH, hepatitis virales, otras infecciones de transmisión sexual y tuberculosis. La iniciativa fue aprobada por 60 votos afirmativos y uno negativo -pronunciado por el Senador de Juntos por el Cambio, Humberto Schiavoni-.

El proyecto que, había sido aprobado en Diputados en mayo de este año, tiene como fin dar un abordaje integral e intersectorial a dichas patologías, a través de la asistencia sanitaria que “otorga una cobertura total de las prácticas preventivas y terapéuticas, incluyendo las terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas, y toda otra atención de salud integral e interdisciplinaria que resulte necesaria o pertinente.”

Además de contener un marco de derechos como el trato digno, resguardo de confidencialidad y el acceso a la información, el texto contiene la prohibición de que en el ámbito laboral se exija una prueba diagnóstica de alguna enfermedad de transmisión sexual y ello restrinja o condicione el acceso, promoción o permanencia laboral.

También, se contempla la creación de una comisión nacional integrada por representantes de organismos estatales, sociedades civiles, organizaciones y demás participantes, a los efectos de diseñar estrategias, programar objetivos, formular campañas y demás cuestiones tendientes al cumplimiento de la normativa en cuestión. Dicha implementación será establecida por el Ministerio de Salud de la Nación.

Por otra parte, la norma estipula una jubilación especial de carácter excepcional para las personas con VIH y/o Hepatitis B y/o C, en la medida que ello genere algún impedimento en el desarrollo de la vida de la persona. Los criterios a tener en consideración serán fijados a través de la reglamentación de la ley.

En ese sentido, la Ministra de Salud de la Nación manifestó que se trabajará para la pronta y plena implementación de esta ley. Cabe aclarar que el texto estipula que la reglamentación debe ser dentro de los 90 días de la publicación del decreto de promulgación firmado por el Poder Ejecutivo.

Accedé a la ley.

 

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