Una decisión del juez Daniel Eduardo Rafecas
Por decisión del juez Daniel Eduardo Rafecas, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 3 , se resolvió archivar las diversas causas penales generadas contra funcionarios públicos y directivos de la empresa Integración Energética Argentina S.A. (IEASA), originadas tras el comunicado en off del ex ministro Kulfas, donde hizo alusión a supuestas irregularidades en un proceso de licitación de caños en el marco de la obra del Gasoducto Presidente Néstor Kirchner.
El caso se originó con la denuncia del abogado Santiago Dupuy de Lome en donde cuestionó el proceso licitatorio para la obra del gasoducto Néstor Kirchner. La denuncia recayó contra el presidente de IEASA, encargada de la obra, y los funcionarios públicos que intervinieron en dicha licitación por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, tipificados en los arts. 248 y 265 del Código Penal. En definitiva, por “armar un pliego de licitación a la medida de Techint”. Hechos relacionados con la renuncia del (ex) ministro Kulfas, hace unos días atrás.
Dicha causa fue acumulada a otras del mismo tenor, entre las que se encuentran las iniciadas por el diputado Waldo Wolff y la diputada Graciela Ocaña y por Yamil Santoro como apoderado de la Fundación Apolo.
En la parte decisoria, el juez señala que “a los fines de asegurar el abastecimiento del mercado interno de gas natural, la sustitución de importaciones y una reducción del costo del abastecimiento, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, a través de la Resolución n° 67/2022, declaró de Interés Público la construcción de un gasoducto”. En consecuencia, y a través del Dec. 76/2022, se ordenó su construcción y se le otorgó a IEASA las facultades de licitar, contratar, planificar y ejecutar la obra. Así es como la empresa planificó la construcción del Gasoducto Presidente Nestor Kirchner, que tendría la capacidad de reemplazar el gas que Argentina actualmente importa, con el consecuente ahorro de divisas.
En el marco del proceso licitatorio para la adquisición de caños, lo denunciado fue, en base al comunicado del ex ministro Kulfas, que esa licitación “habría sido direccionada hacia Siat S.A., del Grupo Techint”. Sin embargo, de la prueba producida en el caso (declaración del propio ex funcionario; el análisis profundizado de las licitaciones y otras declaraciones), se desprendió que fueron convocadas otras empresas de carácter local, porque “no fueron excluidas por direccionamiento alguno, sino que las mismas no se presentaron a la licitación” por no producir el tipo de caño requerido. Asimismo, también se tuvo por acreditado que “la elección de las cañerías de las características solicitadas, lejos de haber pretendido direccionar la licitación hacia una sola empresa, tenía el relevante –y fundamentado objeto de trasladar el volumen de gas establecido y cumplir con las normas de seguridad establecidas en la materia a nivel internacional.”
De hecho, resalta el magistrado, que “todos los llamados a las licitaciones fueron publicados en el boletín oficial, haciendo público el interés Estatal de realizar la obra civil y de adquirir los caños y válvulas para tal cometido”, permitiendo así la participación de todos los interesados, siendo múltiples las empresas que retiraron los pliegos de las licitaciones. Además, los procedimientos y las actuaciones se encuentran publicados en la página web de IEASA. Por ello, entre otros argumentos, se concluye que las licitaciones cumplieron con la normativa vigente, con lo cual se dispuso el archivo de las actuaciones.