• martes 29 de abril del 2025
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Bosques nativos: la justicia chaqueña confirmó la prohibición de aprobación de cambios de uso del suelo y de permisos de desmonte.

El Superior Tribunal de Justicia consideró ilegítimas las autorizaciones otorgadas por la Provincia del Chaco a partir de 2014, fecha en que perdió vigencia el Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo.

Los magistrados del Superior Tribunal de Justicia chaqueño desestimaron el recurso de inconstitucionalidad presentado por los representantes de la Provincia contra la sentencia de la Cámara Contencioso Administrativa local, que hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por la Asociación Civil “Conciencia Solidaria al Cuidado del Medio Ambiente, el Equilibrio Ecológico y los Derechos Humanos”, y declaró ilegítima la omisión de actualizar el OTBN, disponiendo en consecuencia la prohibición de aprobar planes de aprovechamiento de cambio de uso de suelo y de permisos de desmonte desde 2014.

Para llegar a tal conclusión, los jueces refirieron tanto la Constitución Nacional como los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional, reconocen los derechos a un medio ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, a la salud, al usuario y consumidor, incorporándose además los derechos de incidencia colectiva en general.

En particular, reafirmaron la importancia de la protección de los recursos naturales, el medio ambiente y la biodiversidad, “temas trascendentes que hacen a la existencia misma de la sociedad y de un estado democrático, con vigencia plena y efectiva de los derechos humanos.”

En ese entendimiento, consideraron que la Cámara resolvió adecuadamente, en tanto la autoridad demandada omitió dar cumplimiento al ordenamiento territorial del bosque nativo provincial, luego de vencido el plazo de 5 años de que disponía para su actualización, a computar desde 2009.

Accedé a la sentencia

 

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