• viernes 19 de abril del 2024
logo
add image

La Justicia declaró a la firma Industrial Varela responsable de daño ambiental colectivo y ordenó su traslado

La empresa está emplazada en el barrio La Rotonda de Florencio Varela. El fallo le otorga un año de plazo para mudar sus instalaciones

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N1 de La Plata a cargo de la jueza María Fernanda Bisio falló a favor de una demanda colectiva iniciada por los vecinos del barrio La Rotonda contra la empresa Industrial Varela SRL, firma dedicada a la fundición de plomo.

La sentencia estableció el daño ambiental ocasionado por la empresa y ordenó que la misma “efectúe el traslado del establecimiento industrial a un predio dentro de un Parque Industrial o que reconvierta su actividad, cesando en las actividades que impliquen utilización y/o fundición de plomo”. Asimismo, le otorga 1(un) año de plazo como máximo para mudar sus instalaciones o efectivizar la reconversión de su actividad.

Durante dicho plazo y en forma mensual, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) deberá presentar ante el Juzgado las mediciones de los niveles de plomo sobre los emisiones gaseosas de la firma, “efectuando la toma de las muestras en momentos en que esté funcionando la capacidad operativa plena de la empresa -todos los hornos- con la intervención conjunta de la entidad designada como perito consultor técnico”.

La causa se inició con una demanda colectiva por daño ambiental y contaminación biológica y química del arroyo Las Conchitas y su cuenca, debido al vuelco de efluentes industriales, más la situación de contaminación de muchos de los habitantes del barrio La Rotonda, sobre todo niñas y niños con elevada cantidad de plomo en sangre.

En su presentación, los vecinos indicaron que la empresa funde plomo ininterrumpidamente las 24 horas de cada día del año, con emisiones constantes que vuelcan sobre la población aledaña. Asimismo, señalaron que al ser categoría 3 no puede localizarse en zona urbana. Adujeron, además que el barrio fue declarado en Emergencia Sanitaria en el año 1997 y bajo Crisis Ambiental en abril de 2006.

La magistrada María Fernanda Bisio ordenó a su vez a la Provincia de Buenos Aires que presente un plan de recomposición del daño ambiental, estableciéndose el plazo para la presentación en la etapa de ejecución de sentencia, conforme al dictamen del organismo consultor técnico. Por otra parte, ordenó a la Municipalidad de Florencio Varela que brinde colaboración en el proceso de remediación y en las obras de infraestructura y de otra índole que eventualmente se requieran de acuerdo a lo que surja del plan de recomposición del ambiente.

Accedè al fallo 

 

 

footer
Top