• viernes 19 de abril del 2024
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Comenzó a aplicarse la IPP electrónica en dos departamentos judiciales bonaerenses

Desde el 15 de febrero, las jurisdicciones de Quilmes y San Nicolás operan como "pruebas piloto" para todas las investigaciones penales preparatorias que se inicien en esos departamentos judiciales.

La Investigación Penal Preparatoria ya es un hecho en la provincia de Buenos Aires. Desde el pasado martes 15 de febrero, las causas penales que se inicien en los departamentos judiciales de Quilmes y San Nicolás serán realizadas de forma electrónica a través de la plataforma SIMP.

En diciembre de 2021, el Procurador General ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Julio Conte-Grand, emitió una resolución donde estableció la implementación de la “Investigación Penal Preparatoria Electrónica” a partir del año 2022, que sería implementada gradualmente. Para ello, se escogió esas dos jurisdicciones para operar como "pruebas piloto" para todas las investigaciones que se iniciaren desde el día 15 de febrero.

En esa resolución se aprobó el “Reglamento sobre la Investigación Penal Preparatoria Electrónica”, que indica que la documentación digital será llevada a cabo a través de la plataforma SIMP ya existente en el ámbito del Ministerio Público bonaerense.

Entre las novedades que pueden destacarse se encuentra que la referencia a actos anteriores no se realizará a través de una mención a una foja sino a través de un hipervínculo, al igual que los videos que se agreguen. Además, indica que las grabaciones y originales que den soporte a actos que no puedan ser agregados a la IPP Electrónica quedarán reservados en la forma que cada Fiscal General departamental determine, especifica la resolución.

La aplicación de la IPP Electrónica deberá guiarse por los principios de equivalencia funcional, fidelidad y buena fe, que se establecen como principios rectores para este tipo de investigaciones.

En caso de se presenten inconvenientes técnicos que impidan la tramitación de la IPP Electrónica y resulte necesario realizar un acto procesal urgente, la resolución aclara que “podrá practicarse en soporte papel e incorporarse inmediatamente después de que dicho impedimento sea resuelto labrándose un acta en la que conste dicha circunstancia de manera fehaciente”.

Asimismo, establece que aquellas presentaciones realizadas ante una dependencia del Ministerio Público por la víctima o el imputado que no posea letrado podrán ser recibidas en soporte papel y digitalizadas por el órgano receptor.

Para quienes ejercen la abogacía de forma particular, la resolución aclara que podrán acceder a la IPP Electrónica antes de aceptar el cargo por un plazo de 24 horas, que podrá ser excepcionalmente prorrogado por igual período.

Por otra parte, establece que la IPP Electrónica podrá iniciarse en el SIMP a instancias de los órganos judiciales o mediante la interoperabilidad con sistemas informáticos externos (denuncias en sede policial, actas de procedimiento policial, a través de la App “Mi Seguridad”, entre otros).

En lo próximo, se espera que desde el 22 de abril todos los departamentos judiciales se encuentren aplicando la I.P.P. electrónica. 

 

Accedé a la resolución.

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