• viernes 25 de abril del 2025
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Causa Cuadernos: Casación rechazó la queja presentada por Cristina Kirchner y confirmó su procesamiento

Los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña consideraron que el procesamiento no constituía una sentencia definitiva que habilite la vía del recurso de casación. En disidencia, la jueza Ana María Figueroa señaló que se trataba de una cuestión que podría ocasionar un gravamen irreparable, por lo que correspondía admitir su tratamiento.

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, rechazaron la queja presentada por Cristina Fernández de Kirchner y confirmó su procesamiento en la causa iniciada a partir de la difusión de las fotografías de los cuadernos del ex chofer Oscar Centeno.

Anteriormente, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal había dispuesto el procesamiento de la vicepresidenta por ser autora del delito de asociación ilícita –en calidad de jefa- y cohecho pasivo -27 hechos- en calidad de coautora.

Para los jueces que votaron por el rechazo del planteo de la ex presidenta, el procesamiento no constituye una sentencia definitiva, no pone fin a la acción penal, a la pena o a una decisión que haga imposible que continúe la causa. Tampoco se trata de una decisión que deniegue la extinción, conmutación o suspensión de la pena, motivo por el cual concluyeron que el recurso de casación no podía prosperar.

Además, expresaron que “la impugnación intentada sólo revela una disconformidad con la desestimación dispuesta, que no es suficiente para configurar un supuesto de arbitrariedad o cuestión federal que autorice la apertura de esta instancia casatoria”.

En disidencia, la jueza Ana María Figueroa indicó que “si bien la decisión recurrida no constituye una resolución definitiva en sentido estricto, desde que no pone fin al pleito, ni hace imposible la prosecución ulterior, en casos excepcionales resulta equiparable a tal, en tanto ocasiona un grave daño de imposible o tardía reparación ulterior que requiere tutela judicial inmediata”. Para ello citó jurisprudencia de la Corte Suprema.

Así, la magistrada expresó que como la Cámara realizó una modificación de la calificación jurídica más gravosa que la dispuesta en primera instancia, con cuestionamientos de la defensa de la ex presidenta a las medidas cautelares dispuestas –prisión preventiva y embargo- en base a normas constitucionales y convencionales, correspondía admitir la queja y que la Cámara de Casación trate el recurso.

 

Accedé a la decisión.

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