• domingo 27 de abril del 2025
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El Gobierno extendió por un mes el REPRO II

Las empresas que quieran solicitar el beneficio, tendrán plazo para hacerlo entre el 24 y el 30 de enero

A través de la Resolución 49/2022 publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional extendió por un mes el programa de asistencia económica a las empresas afectadas por la pandemia de Covid-19, REPRO II.

El texto de la medida establece las pautas que se considerarán para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle;

a. Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP): diciembre de 2019 y diciembre de 2021.

b. Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

c. Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: noviembre de 2021.

d. Corte de actualización de bajas de nómina: 21 de enero inclusive.

e. Corte de actualización CBU: 21 de enero inclusive.

La normativa indica que, para acceder al subsidio, las empresas solicitantes deberán presentar una reducción de la facturación superior al treinta por ciento (30%) en términos reales, para el periodo comprendido entre diciembre de 2019 y diciembre 2021.

Accedé a la Resolución

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