• viernes 01 de diciembre del 2023
logo
add image

AFIP limitó las percepciones de Impuesto a las Ganancias a los consumos con tarjetas, turismo y pasajes al exterior

Desde este lunes, varios sujetos quedarán fuera del Régimen de Percepción del Impuesto a las Ganancias que se aplica en conjunto con el Impuesto PAIS

A través de la Resolución General 5123/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó a entidades sin fines de lucro y cooperativas entre los sujetos no alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, por las operaciones realizadas en moneda extranjera.

La medida, que lleva la firma de la Directora del organismo, Mercedes Marcó del Pont, dispuso limitar las percepciones del Impuesto a las Ganancias a los consumos en dólares con tarjetas, turismo y pasajes al exterior.

Quienes se verán alcanzados por la iniciativa, son;  

-Las entidades exentas de impuestos por leyes nacionales.

-Las sociedades cooperativas.

-Las instituciones religiosas.

-Las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual.

-Las entidades mutualistas.

-Las asociaciones deportivas y de cultura física.

-Las instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede central establecida en la República Argentina.

Asimismo, las entidades que dejarán de estar alcanzadas por el régimen de percepción son las asociaciones deportivas y de cultura física; las entidades religiosas; las instituciones internacionales sin fines de lucro con personería jurídica y con sede central en la Argentina.

Accedé a la Resolución 

footer
Top