Para así decidir, aplicó la doctrina de la inmunidad calificada que protege a los agentes policiales en el ejercicio de sus funciones de ser demandados con posterioridad por su accionar.
Fue en el marco de dos disturbios domésticos. En el primero de los casos, un agente policial utilizó su propia fuerza física colocando la rodilla en la espalda del sospechoso con el fin de quitarle un arma y, en el segundo, los agentes dispararon su arma de fuego frente a un hombre que se les acercaba amenazándolos con un martillo, quien resultó muerto.
En Estados Unidos cuentan con un concepto llamado “inmunidad calificada” –qualified inmunity- a partir del cual los oficiales de policía pueden realizar sus trabajos sin temor a demandas posteriores, doctrina que tiene sus defensores y detractores. Estos últimos, afines a una reforma de justicia penal en ese sentido, sostienen que los policías estarían siendo protegidos de la responsabilidad incluso cuando violen derechos civiles.
Uno de los casos, titulado “Daniel Rivas – Villegas vs. Cortesluna”, el que acaeció en el estado de California, ocurrió luego de que una niña llamara al 911 manifestando que se encontraba con su madre y hermana encerradas en una habitación por cuanto la pareja de su mamá estaba haciendo uso de una motosierra destruyendo toda la casa tratando de lastimarlas y no tenían forma alguna de escapar.
Frente a dicha situación es que se apersonó el personal policial y adviertieron que, además, el hombre portaba un cuchillo por lo que procedieron a dispararle dos tiros no letales, luego de lo que siguió sin acatar las órdenes policiales, por lo que un agente procedió a utilizar su rodilla para reducirlo y quitarle el arma lo que sucedió en sólo 8 segundos; motivo por el cual el acusado luego lo demandó por uso de fuerza excesiva.
Al judicializarse la cuestión, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito no hizo lugar a la doctrina de la “inmunidad calificada”, basándose en un caso anterior llamado “LaLonde c/ condado de Riverside” en el que no se aplicó dicho concepto.
Ello así, dicho Tribunal entendió que “…Rivas-Villegas no tiene derecho a inmunidad calificada porque el precedente existente advirtió que su conducta constituía fuerza excesiva…”.
Pero el Superior Tribunal, marcó las diferencias entre los casos, por cuanto este último se trataba simplemente de un reclamo por ruidos molestos donde el sospechoso no portaba ningún tipo de arma y no una emergencia doméstica como en el caso Rivas.
En esta línea, sostuvo la Corte que la decisión de si un agente utilizó o no una fuerza excesiva dependerá de los hechos y circunstancias de cada caso en particular, incluida la gravedad del crimen en cuestión, si el sospechoso representa una amenaza inmediata para la seguridad de los oficiales o de otras personas, y si se resiste al arresto o intenta evadir una orden huyendo.
En suma, la Corte decidió revocar la determinación del Noveno Circuito en cuanto a que Rivas-Villegas no tenía derecho a la inmunidad calificada.
Por su parte, el segundo de los casos ocurrido en Tahlequah, Oklahoma –ET AL vs. Austin P. Bond, como administrador de Dominic. F. Rollice-, se trató de un llamado realizado por una mujer quien se encontraba en una emergencia ya que su ex marido había ingresado alcoholizado a su domicilio y se negaba a retirarse.
Frente a este contexto, los policías le ordenaron que saliera del hogar de la mujer, orden que no fue acatada por el hombre quien, además, agarró un martillo y los amenazó, situación ante la cual los agentes dispararon dándole muerte.
Los familiares del fallecido entablaron una demanda contra los oficiales alegando que eran responsables de lo sucedido por violar la Cuarta Enmienda relativa al derecho de todo ciudadano a estar libre de fuerza excesiva.
Al judicializarse el caso, un tribunal inferior determinó que los agentes habían violado los derechos de la Cuarta Enmienda al crear imprudentemente la situación que condujo al tiroteo fatal; todo lo cual fue revertido por la Corte norteamericana entendiendo que su conducta no fue ilegal.
En este sentido, explicaron que, a diferencia del precedente citado por su inferior, en este caso los policías entablaron una conversación con el sospechoso, lo siguieron hasta su garaje y no actuaron hasta que éste tomó un cuchillo y la situación se tornó grave.