• sábado 25 de enero del 2025
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Aniversario del fallo Kot: el amparo contra actos de particulares

Se cumplen 63 años del fallo que, junto al precedente Siri, crearon la figura del amparo en nuestro país.

La Corte Suprema de Justicia, el 5 de septiembre de 1958, dictó sentencia en el caso “Kot” ampliando la figura del amparo, creado nueve meses atrás en el fallo “Siri”. A partir de aquel fallo, podrá interponerse una acción de amparo no sólo contra los actos de autoridad pública, sino también contra actos de los particulares.

El caso se trató de un conflicto gremial en la fábrica textil de propiedad de Samuel Kot S.R.L., ubicada en el partido bonaerense de San Martín, donde un grupo de trabajadores tomó el establecimiento en junio de 1958, como medida de fuerza. Ante la inacción de las autoridades provinciales, los propietarios de la empresa iniciaron varias acciones judiciales, que en las instancias locales no tuvieron éxito.

Sin embargo, antes de dictarse una de las sentencias de Cámara que rechazó el planteo de la actora y sobreseyó a los trabajadores, el apoderado de la empresa se presentó deduciendo un recurso de amparo, en los términos del fallo “Siri”, dictado en diciembre de 1957. De todas formas, el amparo también fue rechazado por la Cámara, por considerarlo un hábeas corpus, y por ello, improcedente ante el reclamo, dado que no estaba en juego la libertad personal. Así es como llegará el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por la vía del recurso extraordinario.

Cabe aclarar que al momento de resolver el Máximo Tribunal de la Nación, la fábrica seguía inactiva. Los dueños podían entrar a sacar objetos, dejando constancia escrita, pero no podía ingresar el personal a realizar tarea alguna. 

Entre los fundamentos mayoritarios de la sentencia, los jueces consideraron que los interesados no interpusieron un recurso de hábeas corpus, sino uno de amparo, invocando los derechos constitucionales de la libertad de trabajo, de propiedad y de libre actividad. Dicho recurso se trata de una garantía distinta, por los derechos que protege, aunque también se trata de una vía expedita y rápida, tal cual surge del fallo “Siri”.

Seguidamente se aclaró que en el mencionado precedente, la acción se originó por un acto de autoridad pública, y no de particulares como en el caso en cuestión. Sin embargo, “tal distinción no es esencial a los fines de la protección constitucional”. Nada hay en la Constitución que impida la protección constitucional adecuada de los derechos, por el solo hecho de que el ataque a los mismos provenga de particulares. “Intentar construcciones excesivamente técnicas para justificar ese distingo, importa interpretar la Constitución de modo que aparezca ella amparando realmente, no los derechos esenciales, sino las violaciones manifiestas de esos derechos.”

En consecuencia, siempre que se esté frente a la ilegitimidad de una restricción a un derecho, de manera clara y manifiesta, y que acudir a los procesos ordinarios genere un daño irreparable, corresponderá que los jueces restablezcan ese derecho, a través de la acción de amparo.

En cuanto al fondo de la cuestión, el voto mayoritario de los jueces de la Corte sostuvo, en base a los elementos de la causa, que la ocupación de la fábrica era ilegítima, ya que se encontraba paralizada desde hacía tres meses, sin ningún tipo de actividad. Además aclararon que “no se trata de negar o discutir la existencia del derecho de huelga, ni de poner en duda la legitimidad de las reclamaciones de los obreros”.

Así, resolvieron hacer lugar al recurso de amparo, y ordenaron entregar al Sr. Kot el establecimiento textil, libre de todo ocupante. Este fallo, junto con su antecedente “Siri”, crearon la acción de amparo en la Argentina. La misma fue recogida legalmente a través de la ley 16.986 del año 1966 y constitucionalmente, con la reforma de 1994, en el actual art. 43 de nuestra ley suprema.

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