• martes 08 de octubre del 2024
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Coparticipación: la Corte Suprema resolvió que la causa debe tramitar en la jurisdicción originaria del Tribunal

Consideró que la cuestión planteada requiere mayor amplitud de debate y prueba que la que posibilita la vía del amparo.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que la causa iniciada por CABA contra la Nación, a causa de la modificación del coeficiente de coparticipación mediante el Decreto 735/20, resulta de competencia originaria del Máximo Tribunal.

Las actuaciones se habían iniciado en septiembre del año pasado, cuando la Ciudad inició un amparo con el objeto principal que se reestablezca de forma inmediata el coeficiente previo al dictado del decreto, se declare la inconstitucionalidad y nulidad del DNU 735/2020 y sus actos consecuentes, y se disponga el reintegro de los fondos quitados. Asimismo, había solicitado el dictado de una medida cautelar que suspenda inmediatamente los efectos del decreto cuestionado.

Cabe recordar que el dictamen de la Procuración General de la Nación había opinado que la cuestión tramite bajó competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en razón de ser "la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acción en esta instancia".

Ahora, en consonancia con lo dictaminado por Laura Monti, la causa se reconfigura bajo el trámite ordinario. Específicamente, el Máximo Tribunal consideró que "la cuestión planteada requiere un mayor amplitud de debate y prueba que la que permite el limitado ámbito cognoscitivo del proceso excepcional del amparo".

Asimismo, los cortesanos comunicaron el inicio de la demanda a la Procuración del Tesoro Nacional, en los términos de los artículos 8 y 10 de la Ley n° 25.344 que regula los juicios contra el Estado Nacional.

Previamente, la Corte había intentado conciliar lo pretendido por las partes, situación que no tuvo un buen punto de llegada y por eso la continuación del litigio.

Accedé a la resolución.

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