La norma establece la posibilidad del retorno al trabajo presencial de agentes estatales que hayan sido vacunados al menos con una dosis, transcurridos 21 dÃas desde la inoculación
A través del Decreto 521/21 publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobierno bonaerense estableció el regreso a las tareas presenciales de las y los agentes del Sector Público provincial.
La normativa alcanza a las y los agentes estatales, cualquiera sea su modalidad de contratación y/o régimen estatutario, que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina.
El texto del decreto indica que las trabajadoras y trabajadores podrán ser convocadas/os a prestar tareas presenciales, transcurridos veintiún (21) días corridos desde la inoculación.
Asimismo, se señala que “las y los agentes del Sector Público provincial, cualquiera sea su modalidad de contratación y/o régimen estatutario, incluidas/os aquellas/os que se encuentren comprendidas/os por la dispensa establecida por el artículo 1° y la excepción dispuesta por el artículo 5° de la Resolución N° 90/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, sus complementarias y modificatorias, que habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optaron por no inscribirse a vacunarse o inscriptas/os no asistieron a su turno de vacunación por razones de índole personal, podrán ser convocadas/os a prestar tareas presenciales”.
Entre los fundamentos, se destaca el progreso en el plan de vacunación entendiendo a la vacuna como el mecanismo de prevención primaria fundamental para disminuir la morbi-mortalidad.
Las y los trabajadores que se encuentren en proceso de vacunación en cualquier jurisdicción, deberán presentar la correspondiente constancia que dé cuenta de su inscripción.