• jueves 18 de abril del 2024
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Causa Ciccone: libertad condicional para Amado Boudou

El exvicepresidente, que se encontraba cumpliendo la condena con arresto domiciliario, no podrá salir del país ni mudarse sin autorización del Tribunal

El Tribunal Oral en lo Criminal de Feria n° 1, con la firma del juez Ricardo Basilico, concedió desde el día de hoy la libertad condicional del exvicepresidente de la Nación Amado Bodou, respecto de la pena de 5 años y 10 meses, impuesta en la causa “Ciccone”.

De acuerdo con la sentencia emitida hoy, Bodou deberá residir en el lugar que determine el auto de soltura, sin poder mudarse sin previa autorización del Tribunal, ni salir del país.

De conformidad con lo mencionado en el fallo, tras practicarse el cómputo se determinó que la pena pena impuesta a Amado Bodou vencerá el 1 de junio de 2024. Sin perjuicio de ello, tras haber cumplido una serie de requisitos, como participar del Sistema Estimulo Educativo (art. 140 de la ley 24.660), se redujeron los plazos para Su avance dentro de la progresividad del régimen penitenciario. Con esa reducción, quien fuera Vicepresidente y Ministro de Economía de la Nación alcanzó el requisito temporal previsto para acceder al beneficio de la libertad condicional el día 20 dejulio de 2021.

A ello se agrega que, los licenciados intervinientes como los representantes del Ministerio Público Fiscal coincidieron en que Bodou cumplió satisfactoriamente con la totalidad de las reglas de conducta impuestas en lo referente al arresto domiciliario, sin encontrar observaciones al cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Tribunal.

No obstante lo señalado y más allá de la resolución final, el juez Basilico destaca que aun encontrándose de acuerdo con el cumplimiento del requisito temporal y los informes especializados fueron positivos, “en casos como el aquí planteado, debe también sumarse otro parámetro de análisis, pues conforme lo establecido por el art. 30 -punto 5- de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción: ‘…Cada Estado Parte tendrá en cuenta la gravedad de los delitos pertinentes al considerar la eventualidad de conceder la libertad anticipada o la libertad condicional a personas que hayan sido declaradas culpables de esos delitos…’”.

Así, culmina poniendo de resalto que si bien los hechos por los cuales Boudou fue condenado resultan de sustancial gravedad, “ello de algún modo obstaculiza la posibilidad de otorgar una libertad anticipada, de acuerdo con los compromisos internacionales que el Estado Argentino suscribió para aunar los esfuerzos y poder prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas”.

 

Accedé a la sentencia

 

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