• jueves 24 de abril del 2025
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La Justicia Nacional condenó al ex-cónyuge de una mujer víctima de violencia de género a indemnizarla por los daños que le ocasionó

La Cámara Nacional Civil condenó a un hombre que durante años ejerció violencia de género contra su pareja.

La Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, con asiento en Capital Federal, hizo lugar a la demanda por daños iniciada por una mujer contra su ex marido por haber ejercido violencia física, verbal, emocional y sexual en su contra durante años.

Para así resolver, la Cámara consideró que el testimonio de la mujer, las reiteradas denuncias realizadas por ella, las causas penales iniciadas y los expedientes de protección contra la violencia que tramitaron en el fuero de familia daban cuenta de la situación de violencia atravesada por la denunciante durante años. En este sentido, los jueces valoraron los testimonios de la amiga de la mujer y de la empleada doméstica, entendiendo que corroboraban los dichos de la denunciante, priorizando que en los procesos de familia los testimonios de las personas cercanas adquieren un particular valor ya que tienen mejor conocimiento de las circunstancias que originaron el conflicto.

Respecto de la normativa aplicable, el demandado cuestionó que el juez de primera instancia calificó a los hechos como violencia de género (en qué norma encuadra) cuando esto no fue introducido por la actora. Sin embargo, la Cámara entendió que, a raíz de los hechos denunciados y las facultades de los jueces, los hechos efectivamente configuraban situaciones de violencia de género y que esto no violaba el derecho a la defensa en juicio.

En este orden de ideas, los jueces juzgaron los hechos denunciados, los dichos de los testigos y las pericias desde una perspectiva de género utilizando la normativa tanto nacional como convencional para encuadrarlos y así fallar. En particular citaron a la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a la Convención de Belem do Pará y la ley 26.485 “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.

La sentencia concluyó otorgando a la mujer una indemnización por el daño moral sufrido y para el tratamiento psicológico, aunque es de resaltar que redujeron los montos de la indemnización fijada por el juez de primera instancia.

Accedé a la sentencia 

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