Había sido interpuesto por una Defensora y una Asesora Tutelar. La jueza tuvo en cuenta la acción declarativa de inconstitucionalidad que inició la Ciudad ante la Corte Suprema.
En el mismo día que se presentó, la jueza Romina Lilian Tesone rechazó la acción de amparo que iniciaron una Defensora Oficial y una Asesora Tutelar de la Ciudad para que el gobierno porteño mantenga su autonomía y garantice las clases presenciales en las escuelas porteñas. Estimó que era incompetente y que el planteo era idéntico al iniciado por el Gobierno de la Ciudad ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El amparo en cuestión había sido iniciado por la Defensora María Lorena González Castro Feijóo y la Asesora Tutelar Norma Beatriz Sas, en representación de padres, madres y niños/as, con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia N°241/2021 que estableció el retorno a clases de forma virtual por 15 días.
Adicionalmente, reclamaron al Gobierno de la Ciudad que mantenga su autonomía, ya que –sostuvieron- el Estado Nacional no puede impedir ni negar el derecho a la educación, ni entrometerse en facultades que son propias de esta jurisdicción.
En su resolución, la jueza tuvo en cuenta la opinión fiscal respecto a “la pérdida de actualidad de la pretensión” luego de conocerse la presentación del Gobierno de la Ciudad ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por ello –estimó el fiscal- “la única forma que tiene el Estado porteño de garantizar la presencialidad en las aulas, tal como se pretende en esta demanda, es obteniendo un pronunciamiento judicial que disponga la invalidez o la suspensión de la norma mencionada”.
Ante ello, la jueza consideró el propio Poder Ejecutivo local entendió que la jurisdicción local no era el ámbito para cuestionar la validez de un Decreto nacional y que la pretensión cautelar era idéntica a la que se inició ante la Corte Suprema.
Finalmente, la jueza Tesone resaltó el reciente dictamen de la Procuradora Fiscal ante la Corte, Laura Monti, quien afirmó la competencia de la Corte Suprema para tratar la acción de inconstitucionalidad iniciada por el Gobierno de la Ciudad con el objetivo que se declare la inconstitucionalidad de la suspensión de clases presenciales.