• martes 10 de septiembre del 2024
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Contemplan la perspectiva de género para reintegrar en sus funciones a una trabajadora estatal

El juez federal Walter Lara Correa hizo lugar a un amparo presentado por una mujer que integra una familia monoparental, tiene un hijo con discapacidad y había sido trasladada por el Servicio Penitenciario Federal a cumplir tareas en otra dependencia.

El juez Walter Lara Correa, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°10, hizo lugar a un amparo interpuesto por una trabajadora del Servicio Penitenciario Federal que había sido trasladada a prestar funciones a otra dependencia. Para resolver el caso, el magistrado contempló la perspectiva de género. 

En la acción la mujer cuestionó la disposición que ordenó su traslado a otro lugar. Asimismo, explicó que tiene un hijo de 19 años con discapacidad y por las diversas patologías que tiene requiere de tratamientos a cargo de profesionales que lo atienden desde hace mucho tiempo. Por lo tanto, el cambio laboral que había dispuesto su empleadora podría derivar en consecuencias imprevisibles para su salud e implicaría un aumento en los gastos de viáticos. 

El juez destacó que  la mujer es el único sostén económico y afectivo del joven y sostuvo que el caso debía abordarse desde la perspectiva de género. En ese sentido, explicó que esta es transversal a todo el ordenamiento jurídico, también al derecho administrativo.

“Ello implica, examinar el acto administrativo y sus elementos (en particular, la finalidad, la causa y la motivación), a las realidades sociales de inequidad y discriminación en razón del género y, en específico, en materia de empleo público, consiste en la remoción de los obstáculos que aparejan discriminación, los que en general se reflejan en la carrera administrativa”, enfatizó. 

También, añadió que al momento de evaluar la razonabilidad del acto impugnado, "debe incluirse la perspectiva de género para evaluar si la potestad discrecional del Estado conculca, en este caso, los derechos de la mujer ejerciendo sobre ella discriminación y/o violencia, aún más considerando que trabaja en el Servicio Penitenciario Federal". 

Sobre este último punto, recordó que las fuerzas armadas se caracterizan por resultar un sistema basado en una organización jerárquica vertical, formalista y que no fue diseñado con una perspectiva de género. Por lo tanto, “es posible que acaezcan conductas arbitrarias sobre el personal en condiciones de vulnerabilidad, en particular sobre las mujeres”

Por otra parte, remarcó que la Comisión IDH observa que es importante que los Estados se abstengan de discriminar o tolerar formas de discriminación en el ámbito laboral, pero también señala su obligación de crear las condiciones que faciliten la inserción y permanencia de las mujeres en ese ámbito. 

En consecuencia, el juez Larra Correa hizo lugar al amparo y le ordenó al Servicio Penitenciario Federal que reintegre a la trabajadora en sus funciones en la “Dirección de traslados”. 

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