Hacemos un repaso por las principales normas sancionadas por el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el año que pasó y de los proyectos más relevantes que se encuentran en trámite.
Al igual que el del resto de los poderes nacionales y provinciales, el año del cuerpo legislativo porteño ha estado marcado por la excepcionalidad que trajo la pandemia del Coronavirus SARS-CoV-2 o COVID-19.
Por ello, señalaremos distintas leyes sancionadas por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante el 2020 y cuáles son los proyectos en trámite con relevancia jurídico-política para este 2021.
El Coronavirus y las multas por violar la cuarentena.
A los pocos días de iniciado el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo de la Nación, la Legislatura porteña aprobó el DNU N°2/2020 enviado por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que autorizó a imponer multas de entre $10.700 y $79.180 pesos -500 a 3.700 unidades fijas- para aquellos/as conductores/as que circulen sin los permisos correspondientes y/o en horarios y días no permitidos.
El Decreto también estableció multas a aquellos/as responsables de comercios que exhiban o vendan mercaderías o servicios a precios superiores a los establecidos por el Gobierno y la posibilidad de clausura o inhabilitación a quienes omitan cumplir con las normas de prevención sanitarias.
En sus argumentos, el mismo remite al Decreto N°297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional que dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio, donde faculta a las gobernaciones provinciales, municipios y a la Ciudad a dictar las medidas necesarias para su efectiva aplicación y combatir el contagio del Coronavirus COVID-19.
La medida en cuestión fue de carácter excepcional y duró hasta que el Poder Ejecutivo Nacional dispusiera la finalización del aislamiento social, preventivo y obligatorio para la Ciudad.
La habilitación de las audiencias públicas virtuales.
A partir de la necesidad de limitar los encuentros presenciales para evitar posibles contagios, la Legislatura decidió permitir que las audiencias públicas a las que refieren los artículos 30, 63, 90, 120 y 139 de la Constitución de la Ciudad puedan ser llevadas a cabo por medios telemáticos.
En ese sentido, la modificación de la Ley 6.017 incorpora tanto las audiencias virtuales como las de modalidad mixta, que son aquellas desarrolladas en parte presencial y en parte virtualmente.
Es por ello que, tanto las leyes que requieran del procedimiento de doble lectura, el tratamiento de pliegos de magistradas/os, las evaluaciones de impacto ambiental de emprendimientos públicos y privados, la designación de funcionarios del Ente Regulador de Servicios Públicos, así como cualquier otro procedimiento, podrán llevar a cabo las audiencias públicas a través de esta modalidad.
En efecto, tanto las audiencias para designación de magistradas/os como las que se vienen llevando a cabo por la discusión “Costa Salguero” se han llevado y vienen llevando a cabo a través de modalidad mixta y/o virtual.
APPs de deliverys.
En el mes de julio se aprobó una de las normas más cuestionadas por quienes son sus directos afectados: se creó el “RUTRAMUR” o “Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias”, que exige a las/los repartidores que trabajen en la Ciudad la inscripción a un registro obligatorio de tipo no laboral.
Esta registración tiene efectos sobre aquellos/as que desarrollen su actividad de manera independiente y exige, además que la presentación de la documentación vehicular típica (Cédula, Verificación Técnica Obligatoria y Libreta Sanitaria en caso de transportar alimentos), la inexistencia de sanciones de tránsito, la realización de cursos de seguridad vial y la correspondiente inscripción a AFIP y AGIP.
El cuestionamiento a la normativa viene dado porque la nueva ley reafirma el desconocimiento de los/as repartidores/as como trabajadores/as en relación de dependencia y conducen a su necesaria inscripción como monotributistas. Del mismo modo, se imponen más cargas sobre quienes trabajan en la repartición que quienes son las empresas dueñas de las APPs de deliverys.
Sin embargo, quienes impulsaron la ley refieren que la misma también impone determinadas cargas sobre las empresas, quienes deben proveer elementos de seguridad vial, contratar seguros de vida, accidentes personales y de responsabilidad civil.
A su vez, la norma reconoce la ya extendida práctica de puntajes que rodea a estas aplicaciones y los posibles abusos que la aplicación puede ejercer sobre les repartidores por medio de este sistema, impidiendo la aplicación de incentivos o sanciones que fomenten exceso de velocidad o incumplimiento de normas de tránsito.
Ley de Responsabilidad del Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En el mes de agosto, la Legislatura aprobó la Ley que regula la responsabilidad estatal por su actividad lícita e ilícita y se sumó a las provincias de Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Mendoza, La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero y Entre Ríos que sancionaron normas de similar carácter.
El principal cambio que viene a traer la nueva regulación es la creación de un régimen diferenciado a las normas del Código Civil y Comercial de la Nación, cuerpo normativo que era utilizado como fuente para interpretar la atribución de responsabilidad por actividad del Estado.
Si bien el texto de esta nueva norma siguió a la Ley Nacional N°26.944 (sancionada en el año 2014), cuenta con algunas diferencias: reconoce la posibilidad de responsabilidad estatal por actividad judicial, la contemplación (acotada) del lucro cesante dentro de los rubros indemnizatorios, la responsabilidad de los contratistas o concesionarios de servicios públicos y la publicidad separada -por parte del Poder Judicial- de aquellas sentencias relativas a la responsabilidad del Estado.
Ley de equidad de género en el deporte.
Si hablamos de normas que buscaron incorporar la perspectiva de género, la promoción de la igualdad y representación de las distintas identidades de género, la reforma de la ley del deporte amateur en la Ciudad hecha por la ley 6.341 es una de ellas.
La nueva norma modificó distintos artículos de la ley 1.624 e incluyó la no distinción sexo genérica en la realización del deporte, la eliminación de barreras que obstaculicen la equidad de género en el acceso al deporte, la promoción de políticas públicas para la capacitación en género y la eliminación de toda discriminación por motivos sexo-genéricos.
Por último, se incorpora la paridad de género en las listas que se presenten a elección con un plazo máximo de 5 años para su cumplimiento. En ese sentido, se prevé que aquellas instituciones que incorporen a mujeres en sus listas de elecciones tendrán preferencia en la asignación de recursos del Fondo del Deporte.
Adhesión a la Ley Nacional de Cannabis Medicinal.
En el mes de noviembre, el cuerpo legislativo votó la adhesión a la Ley N°27.350 sobre "Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados” que habilita el autocultivo con fines medicinales.
La adhesión –votada el mismo día que el Poder Ejecutivo Nacional había emitido una nueva reglamentación de la Ley- surge a partir de dos proyectos impulsados por la Diputada María Rosa Muiños y el legislador Leandro Halperín.
La norma aprobada promueve la investigación científica del uso medicinal del Cannabis (actividad que fue declarada de interés sanitario) y dispuso la creación del “Consejo Asesor de Políticas relacionadas al Cannabis”, de carácter multisectorial (ONGs, investigadores y usuarios) que funcionará en la órbita del Ministerio de Salud de la Ciudad.
Ley sobre la Encuesta de Uso del Tiempo.
En la misma sesión que la ley mencionada en el párrafo anterior, la Legislatura votó favorablemente la Ley que crea una “Encuesto de Uso del Tiempo”, donde se establece un instrumento de recolección de datos que permita la medición del tiempo destinado a todas las actividades que realiza la población durante un día de su vida, orientado a obtener datos demográficos.
Entre los objetivos de la norma, impulsada por la Legisladora Lorena Pokoik, señalaron que la misma pretende dar a conocer cómo se distribuye el uso del tiempo de personas a las distintas actividades según las características sociodemográficas, la diferencia en el uso del tiempo de los varones y las mujeres, y la distribución del tiempo que las personas dedican al trabajo remunerado y no remunerado.
A su vez, se prevé que la encuesta se realice cada 5 años y que sus estadísticas se encuentren publicadas en la web de la a Dirección General de Estadísticas y Censos de la Ciudad.
La ampliación de competencias del Ministerio Público Fiscal en materia Contenciosa, Administrativa y Tributaria.
A partir de un proyecto encabezado por el Diputado Martín Ocampo, la Legislatura modificó el Código Contencioso Administrativo y Tributario y confirió nuevas facultades al Ministerio Público Fiscal.
Entre ellas, se encuentra la intervención obligatoria (bajo pena de nulidad) en materia de procesos colectivos, en la contratación o prestación de servicios públicos o ejecución de una obra pública y en los casos que –a criterio el Ministerio Público Fiscal- se encuentre comprometido el orden público, el interés social o los intereses generales de la sociedad.
Asimismo, la reforma obliga a darle intervención al MPF previo al traslado de la demanda, de la concesión de una medida cautelar, precautelar, de dictar una sentencia de fondo, de una sentencia homologatoria, en el proceso de ejecución de sentencia, entre otros supuestos.
La nueva norma ha sido criticada por representantes del Ministerio Público de la Defensa y del bloque opositor en la Legislatura. Puntualmente, objetaron que la defensa de los intereses de la Ciudad no solo está dado por el MPF sino también por la Asesoría General Tutelar y la Defensoría Oficial. Además, señalaron que las nuevas intervenciones conferidas a la Fiscalía van en contra de la celeridad de los procesos judiciales.
Adhesión al Protocolo ILE.
Si bien a fines de diciembre el Congreso de la Nación sancionó la Ley N°27.610 que despenalizó y legalizó el aborto voluntario hasta las 14 semanas de gestación, no debe dejar de destacarse que en el mes de julio se aprobó la adhesión al protocolo nacional para la Interrupción Legal del Embarazo.
El proyecto para la adhesión al protocolo fue presentado en febrero último por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y contó con 50 votos a favor, 7 en contra y 3 abstenciones.
El protocolo en cuestión, fue establecido en diciembre de 2019 por el Ministro de Salud de Salud, Ginés González García, y se basa en las causales previstas por el Código Penal argentino desde 1921 hasta su reciente modificación por la Ley N°27.610.
Dicho protocolo, toma como principal basamento la doctrina del fallo “FAL” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, según las cuales la interrupción del embarazo es legal si el mismo es fruto de una violación o implica riesgos para la vida o la salud de la mujer gestante.
Proyectos de Ley con media sanción:
Debido a que la estructura del Poder Legislativo porteño es Unicameral, la Constitución de la Ciudad establece en sus artículos 89 y 90 que determinados tipos de proyectos deben votarse en dos oportunidades: primero, una aprobación inicial; luego la publicación y convocatoria a audiencia pública dentro de un plazo de 30 días de su aprobación para su discusión; y por último, la segunda votación en sesión de la Legislatura.
Entre los proyectos que tienen aprobación inicial y poseen una particular relevancia se encuentran:
La vuelta de San Lorenzo a Boedo.
El 19 de noviembre de 2020, la Legislatura porteña dio un paso importante para los y las hinchas del Club Atlético San Lorenzo de Almagro: en primera lectura, se aprobó el proyecto que busca la rezonificación del predio ubicado en Avenida La Plata al 1600, con el objetivo de que la institución pueda volver a construir allí su estadio.
El proyecto, encabezado por el Diputado Manuel Socías, busca cumplir con el mandato de la Ley de restitución histórica N°4.384, que declaró sujeto a expropiación dichos terrenos y obligó al supermercado Carrefour a negociar con el club la venta de los terrenos que le fueran quitados durante la última dictadura cívico-militar.
Según se encuentra previsto, las audiencias públicas previas a la segunda lectura de la norma se llevarán a cabo el día 24 de febrero a las 14.00 horas y será transmitida por el canal de YouTube de la Legislatura porteña.
Costa Salguero.
Un caso que tomó gran relevancia social fue el proyecto aprobado por el oficialismo porteño, que propuso cambiar la zonificación del predio ubicado frente al Río de la Plata y habilitar que pueda destinarse a la construcción de un barrio náutico.
El predio en cuestión, denominado “Distrito Joven – Costanera Norte”, consta de dos inmuebles de 17 y 14 hectáreas cada una, donde el Gobierno de la Ciudad pretende la construcción de 260.000 metros cuadrados de viviendas.
El proyecto de ley sobre el cambio de zonificación fue impulsado por el Jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y aprobado inicialmente en la Legislatura por 35 votos a favor y 22 en contra. Contra el proyecto, llovieron fuertes críticas desde distintos sectores, tanto de los bloques opositores como de vecinos/as y organizaciones de la sociedad civil, donde reclaman que dicho predio debe ser un parque público con acceso al río.
Vale recordar que, días después de la media sanción, la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo hizo lugar a una medida cautelar que impide la venta del predio. En dicha resolución, la Cámara sostuvo que el inmueble en cuestión sería de dominio público y que debió seguir un procedimiento de audiencia pública y doble lectura en la Legislatura de la Ciudad cuando en diciembre de 2019 se autorizó su disposición.
Actualmente, se vienen llevando a cabo audiencias públicas desde el mes de diciembre y con más de 7000 personas inscriptas para brindar su visión al respecto, es la más numerosa en toda su historia.
Proyectos en trámite:
Por último, mencionamos dos proyectos que se encuentran en tratamiento en Comisión y que –de ser aprobados- pueden generar un importante impacto en los procesos judiciales que se lleven a cabo en la Ciudad en dichas materias.
Juicio por jurados.
El proyecto presentado por el legislador Leandro Halperín busca establecer el juicio por jurados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para delitos con pena abstracta de ocho años o más.
El mismo toma como base uno presentado en el año 2018 que había perdido estado parlamentario para su tratamiento, motivo por el cual se presentó nuevamente.
Con respecto a las distintas variantes del juicio por jurados, el proyecto estipula la forma tradicional compuesta por doce ciudadanos o ciudadanas titulares, con el mismo número para sus suplentes.
Vale destacar que los delitos que buscarían habilitar a juzgar mediante esta modalidad aún no se encuentran dentro de las competencias del Poder Judicial de la Ciudad, ya que las mismas no han sido transferidas desde la Justicia Nacional.
Creación de un Código Procesal de Relaciones del Consumo.
Otra propuesta novedosa para la regulación del derecho de las/os consumidoras/es es la creación de un Código que regule el proceso en aquellos casos que se traten de una relación de consumo.
El proyecto de Código –que aún no tiene uno similar en la República Argentina- propone basarse sobre los principios de informalidad procesal a favor del consumidor o consumidora, digitalización de actuaciones, audiencias virtuales, la conciliación entre partes, tutela judicial efectiva y, ante la duda, la resolución a favor del consumidor o consumidora.
Actualmente, los juzgados de primera instancia de la Ciudad no tienen competencia específica en derecho del consumidor pero sí las Cámaras, que a su competencia “Contencioso, Administrativo y Tributaria” ahora le han sumado la de las relaciones de consumo.