• martes 30 de abril del 2024
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Economía del conocimiento: ¿cuáles son las principales implicancias de la reglamentación de la ley?

Se publicó el decreto de reglamentación de la Ley N° 27.506. Se destaca la eliminación de los derechos de exportación para la exportación de servicios basados en el conocimiento.

El Poder Ejecutivo publicó, en el Boletín Oficial de hoy, el decreto de reglamentación de la Ley de Economía de Conocimiento N° 27.506 y su modificatoria -Régimen de Promoción de Economía del Conocimiento-. A través del Decreto N° 1034/20, se implementó la normativa esperada por muchas empresas del sector.

Cabe aclarar que la norma tiene como objetivo principal promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, por lo que, resulta relevante a los efectos del sector que utiliza la información como elemento fundamental para generar valor y riqueza por medio de su transformación a conocimiento.

Además del anexo de reglamentación, se destaca en el decreto la fijación de derechos de exportación del 0% para la exportación de las prestaciones de servicios comprendidas en el inciso c) del apartado 2 del artículo 10 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero), efectuados por los sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”.

En cuanto al anexo reglamentario se destaca, la implementación de los requisitos para la inscripción en el “Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”, ello con el objeto de ampararse en los beneficios contemplados en la norma, en forma retroactiva al 1° de enero de 2020, siempre que se cumplimenten las condiciones que para cada uno de ellos prevé la ley, debiendo acreditar las condiciones contempladas en el artículo 4° de la citada Ley N° 27.506.

A su vez, la autoridad de aplicación, además de dictar la normativa complementaria, de conformidad con las facultades dispuestas en el artículo 13 de la Ley N° 27.506 y su modificatoria, verificará anualmente, por sí o a través de instituciones técnicas con las que se celebren convenios específicos al efecto, que el sujeto beneficiario se encuentra en cumplimiento de las previsiones dispuestas en la normativa aplicable.

Por último, la reglamentación establece las condiciones de funcionamiento del FONPEC -Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento-, el cual será estructurado a través de un fideicomiso de administración y financiero, e integrado por la contribución desde el 1 al 3,5% -dependiendo del tamaño de la empresa- del total de los beneficios producidos.

En relación a la nueva normativa, el Ministro de Economía, Martín Guzmán expresó: "Este nuevo marco normativo alienta la inversión, la agregación de valor y la creación de trabajo y reduce a 0% la alícuota de los aranceles de las exportaciones de servicios, revirtiendo así el esquema adoptado en el año 2018."

Accedé al decreto reglamentario.

 

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