• viernes 29 de marzo del 2024
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Confirmaron el rechazo del amparo de Juntos por el Cambio contra la prórroga del protocolo para las sesiones remotas en Diputados

Una decisión de la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal.

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, con voto de Do Pico, Heiland y Facio, confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el amparo que promovió el interbloque Juntos por el Cambio contra la prórroga de las sesiones remotas en la Cámara de Diputados de la Nación. 

En el escrito de la acción las y los dirigentes habían solicitado que se declare la nulidad absoluta e insanable de la decisión de la Comisión de Labor Parlamentaria del 1/09/20, que dispuso la prórroga del  “Protocolo   de   Funcionamiento   Parlamentario   Remoto” por considerar que esa decisión   carecía  del   consenso   necesario   para   su   validez. Asimismo, solicitaron que se declare la nulidad de la sesión desarrollada por medios remotos el día 1/09/20. 

“Debe tenerse presente que la órbita de la acción de amparo no incluye someter a vigilancia judicial el desempeño de las funciones administrativas de otro poder para juzgar su acierto o desacierto”, sostuvo el juez Enrique Lavié Pico,para rechazar la acción en primera instancia. Asimismo, analizó el contexto de emergencia sanitaria y las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo en ese sentido. 

Por otra parte, citó el fallo que dictó la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la acción declarativa de certeza promovida por Cristina Kirchner, donde el máximo tribunal sostuvo “que la posibilidad de que se sesione en forma remota no interfiere con el modo en que la Constitución le impone a esa Cámara (allí haciendo referencia al HSN) ejercer sus atribuciones; en efecto nada dice la Constitución sobre el lugar o la forma presencial o remota en que deben encontrarse para sesionar, deliberar y votar los legisladores de cada Cámara”. 

Por último, concluyó que decidir sobre la pretensión realizada en la causa “importaría avanzar en torno a una cuestión privativa de otro poder del Estado”. 

El caso llegó a la Cámara por medio de la apelación del bloque de Juntos por el Cambio y ese tribunal, remitiendose a los argumentos del fiscal Peyrano, confirmó la decisión. 

Accedé a la sentencia de Cámara y al dictamen 

Accedé a la sentencia de primera instancia

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