• domingo 15 de septiembre del 2024
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La Justicia admitió tramitar un proceso colectivo por la aplicación uniforme de Ganancias a trabajadores judiciales

La Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN) planteó que existen graves discriminaciones en la aplicación del gravamen entre quienes se desempeñan en el Consejo de la Magistratura y quienes están bajo la órbita de la Corte Suprema.

El juez Pablo Cayssials, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°9, declaró la admisibilidad de la acción colectiva presentada por el Secretario General de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), Julio Piumato, que planteó que existen graves discriminaciones en la aplicación del Impuesto a las Ganancias.

En la presentación explicó que dentro del mismo Poder Judicial el tributo previsto en la Ley 27.346  se aplica de forma más gravosa a determinados empleados y funcionarios y afiliados. En ese sentido, detalló que a algunas personas se le aplican las desgravaciones y deducciones contenidas en la reglamentación prevista en la Resolución Nº8/19 dictada por el Consejo de la Magistratura, en cambio esos beneficios se niegan a otras que se encuentran en las mismas circunstancias. 

“A aquellos dependientes que se encuentran bajo la órbita del Consejo de la Magistratura se les aplica el gravamen desde el 1 de enero de 2019 y con importantes desgravaciones y deducciones, mientras que a los funcionarios y empleados que se encuentran bajo la órbita de la Corte Suprema de Justicia se les aplica el Impuesto a las Ganancias sin desgravación o deducción alguna desde el momento de vigencia de la Ley 27.346”, argumentó. 

En consecuencia, algunos trabajadores perciben remuneraciones mayores a las que reciben otros, pese a estar en las mismas circunstancias. Asimismo, solicitó la inmediata restitución de las sumas que fueron retenidas de más junto con los intereses reconocidos para los créditos laborales. También, pidió la aplicación uniforme a todos los empleados y funcionarios de lo dispuesto en la Resolución N°8/19 del Consejo de la Magistratura.  

“Sin perjuicio que esta UEJN no acepta que se identifique el salario con ganancia, y más allá de que la desigualdad puede tornarse irrazonable en muchos supuestos, por la presente acción denunciamos que a partir de la aplicación del impuesto a los asalariados, se han producido discriminaciones más patentes”, completó. 

Accedé al texto de la acción colectiva
Accedé a la resolución del juez

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