• viernes 29 de septiembre del 2023
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Se publicó el decreto que extiende la cuarentena y permite las reuniones sociales en espacios públicos

La próxima fecha de corte es el 20 de septiembre.

Luego del anuncio de Alberto Fernández, a través de la red oficial de Twitter, se oficializó la medida que extiende el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para los departamentos que poseen una situación epidemiológica aguda, en relación a la transmisión comunitaria del virus y la capacidad sanitaria de atención médica.

Conforme el decreto los lugares alcanzados por el ASPO son el aglomerado urbano del AMBA, el departameno de General Pueyrredón -que incluye a Mar del Plata-; los aglomerados de Paraná, Colonia Avellaneda, Oro Verde, San Benito y Gualeguaychú (Entre Ríos); los Departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá y San Pedro (Jujuy); los departamentos de Capital y Chamical de La Rioja; los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca (Río Negro); los departamentos de General José de San Martín y Orán (Salta); el departamento de Caucete en San Juan; el aglomerado de la ciudad de Río Gallegos (Santa Cruz); los departamentos de Capital y Banda (Santiago del Estero); los departamentos de Río Grande y Tolhuin (Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur).

También se efectivizó la habilitación de reuniones sociales en espacios abiertos públicos o de acceso público al aire libre de hasta diez personas; las cuales deberán ser con distancia mínima de dos metros y con la utilización de barbijos. Asimismo, se mantiene la prohibición de reuniones sociales en espacios cerrados, cualquiera sea el número de intervinientes -excepto el grupo familiar-. La Provincia de Buenos Aires adelantó, conforme su jurisdicción, que no implementará la medida para los sitios que no se encuentren en fase 4 y 5.

Por otra parte, se mantiene el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para el resto del país que no se encuentra afectado al ASPO, que deberán respetar las medidas de higiene y sanidad de prevención. 

De esta forma, se trata del décimo decreto de necesidad y urgencia que dispone medidas de aislamiento frente a la pandemia generada por Coronavirus: "Sigue sin existir país del mundo que haya logrado aún controlar definitivamente la epidemia, por lo que se mantiene vigente la imposibilidad de validar en forma categórica alguna estrategia adoptada, especialmente cuando las realidades sociales, económicas y culturales introducen aún mayores complejidades." 

Al día de hoy se registra un total de infectados de 408.426 y 8.547 víctimas fatales.

En ese sentido en los considerandos del decreto se fundamenta: "En este contexto, se estima que es necesario seguir adoptando decisiones que procuren reducir la velocidad de los contagios y la morbimortalidad, continuando con la adecuación del sistema de salud para mejorar su capacidad de respuesta, en las zonas del país más afectadas."

Otro de los puntos destacados de la norma es el referido al acompañamiento de pacientes durante la internación: "Se deberá permitir el acompañamiento durante la internación y en los últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de COVID-19 o de cualquier otra enfermedad o padecimiento." En tales casos, las normas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán prever la aplicación de un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes.

Accedé al DNU N° 714/20.

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