A 20 años del fallo que declaró la ilegalidad de gran parte de la deuda externa argentina
La denuncia la impulsó el periodista Alejandro Olmos y un juez federal comprobó los ilícitos.
El 13 de julio del 2000 el entonces juez federal Jorge Ballesteros firmó un histórico fallo de más de cien páginas. El caso se trataba de la denuncia iniciada 18 años antes, durante la dictadura cívico-militar, por el periodista y militante peronista Alejandro Olmos en que ponía de manifiesto la ilegalidad de gran parte del endeudamiento externo de nuestro país.
La
sentencia comprobó 477 delitos cometidos en la toma de la deuda externa en la cual estaban implicados grupos económicos y funcionarios de alto rango de la dictadura, entre ellos, el ministro Martínez de Hoz. El magistrado resaltó sobre las irregularidades que "
no se tuvo reparos en incumplir la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina; se facilitó y promulgó la modificación de instrumentos legales a fin de prorrogar a favor de jueces extranjeros la jurisdicción de los tribunales nacionales; inexistentes resultaban los registros contables de la deuda externa; las empresas públicas, con el objeto de sostener una política económica, eran obligadas a endeudarse para obtener divisas que quedaban en el Banco Central, para luego ser volcadas al mercado de cambios; (y) se ha advertido también la falta de control sobre la deuda contraída con avales del Estado por las empresas del Estado".
En tal sentido, la decisión del entonces juez Ballestero indicó que "el país fue puesto desde 1976 bajo la voluntad de acreedores externos. La existencia de un vínculo explícito entre la deuda externa, la entrada de capital externo de corto plazo y altas tasas de interés en el mercado interno y el sacrificio correspondiente del presupuesto nacional desde 1976 no podía pasar inadvertido para las autoridades del Fondo Monetario Internacional (FMI) que supervisaban las negociaciones económicas".
Más allá de las circunstancias comprobadas en el expediente judicial, por el transcurso del tiempo los ilícitos estaban prescriptos. En función de ello, el magistrado giró la sentencia al Congreso, quién según la Constitución es el encargado de “arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación”.
A tales efectos, recién en 2014 y por ley 26.984, se creó la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento de la Deuda Exterior, continuada por la
ley 27.249 de 2016, cuya función consiste en el seguimiento de la evolución, gestión y pagos de la deuda externa.
Según
datos oficiales del tercer trimestre del 2019, la deuda bruta total de la Administración Central es de 323.065 millones de dólares que representan aproximadamente un 89,4% del Producto Bruto Interno, compuesto por un 35,7% con el sector público, un 33,4% con privados y un 20,3% con organismos multilaterales de crédito.
Alejandro Olmos murió en el 2000, cuatro meses antes que se firme la sentencia en la causa originada por su denuncia del 4 de abril de 1982.
https://palabrasdelderecho.com.ar/articulo/1659/A-20-anos-del-fallo-que-declaro-la-ilegalidad-de-gran-parte-de-la-deuda-externa-argentina