• sábado 26 de abril del 2025
logo
add image

"El rol del abogado laboralista lleva consigo una convicción ideológicas"

Dialogamos con Héctor Recalde, autor de la ley que instituye el 7 de julio como el Día del Abogado Laboralista en homenaje a los abogados y abogadas asesinados en "La noche de las corbata".

El 7 de julio se conmemora el “Día del Abogado Laboralista” en homenaje al reconocido abogado Norberto Centeno, autor del anteproyecto que terminó convirtiéndose en la Ley de Contrato de Trabajo, y también al grupo de letrados secuestrados y asesinados en “La noche de las corbatas” ocurrida durante la última dictadura cívico militar.

La fecha fue instituida por la Ley Nacional N° 27.115 y su autor fue Héctor Recalde, reconocido especialista en Derecho Laboral y ex diputado nacional. En diálogo con Palabras del Derecho reflexionó sobre la fecha: “Me gustaría hacer un recuerdo especial a Norberto Centeno, a la noche de las corbatas y a todos los compañeros y compañeras que sufrieron la persecución y la muerte”. 

Asimismo, destacó: “El Proyecto de ley que fue mío, terminó con la Ley N°27.115 habla del “Día del Abogado laboralista”, fue en el año 2014, así que hago una autocrítica, porque no le pusimos “y de la abogada”. Mi hijo Mariano Recalde, que es senador por el Frente de Todos, va a presentar un proyecto para reformular la declaración. Nos parece necesario reivindicarlo”. 

En ese mismo sentido, recordó una anécdota de la sanción: “En el recinto, cuando se va a formular el tratamiento de esta ley, en realidad terminaba en lo que es “La Noche de Las corbatas”. Patricia Bullrich, que era diputada en aquel momento, hizo una especie de cuestionamiento para que volviera a Comisión porque únicamente nombraba a los abogados laboralistas. Si bien me pareció que era una táctica para demorar el tratamiento,  no me pareció contradictorio de ninguna manera recoger el guante. Es por eso que el Artículo 1° no hace referencia solamente el abogado laboralista, sino que agrega “y de todos los letrados que por luchas por la democracia y la República sufrieron el mismo destino”. 

Consultado sobre la situación que atraviesan los abogados y abogadas que se dedican al Derecho Laboral en este contexto, el dirigente sostuvo: “Este momento es muy especial por la feria judicial que existe, pero la pandemia va a terminar en algún momento. El rol del abogado laboralista es un rol que lleva consigo una convicción ideológica. En términos generales, puede haber alguna excepción. La gran mayoría de los abogados laboralistas lo hacen por convicción”. 

Vale la pena aclarar como es la modalidad de trabajo: el abogado laboralista corre la suerte del trabajador en el juicio, no cobra gastos, no cobra anticipos de honorarios, banca todo lo que suceda hasta que cuando culmina el juicio y el trabajador gana ahí cobra honorarios. Eso no habla ni bien ni mal, sino que es una descripción objetiva de la realidad”, completó. 

Por otra parte, agregó: "Hago una autocrítica porque fui 12 años diputado nacional, fui presidente de la Comisión de Legislación y Trabajo, presidente de bloque, pero todavía rigen en materia laboral unas 20 leyes que fueron sancionadas por la dictadura cívico militar. Es una tarea pendiente del parlamento derogar esas leyes”. 

Con respecto a los aspectos legislativos que se deberían abordar, indicó:  “Creo que habría que bajar la jornada laboral. Cuando era diputado hice un proyecto para bajar de 48hs a 45hs, no era exagerado. El Derecho Laboral de ninguna manera es rígido. Lo que sí hace es repartir con más racionalidad. Estas son algunas modificaciones que se podrían realizar y este sería un buen momento”. 

En las últimas semanas, la Cámara de Diputados dio media sanción a la regulación del teletrabajo, una modalidad que se extendió durante la pandemia. Sobre este tema, Recalde aportó una mirada crítica y añadió: “ATE hizo una crítica que comparto que señalaba que esta modalidad tiene varios impactos negativos, porque torna invisible la relación laboral, genera horas excesivas de trabajo, no se reconocen las horas extras y existe el riesgo de no declarar síntomas de enfermedad o lesión, alto estrés por objetivos de productividad elevados, entre otras cosas”. 

También, explicó que el consentimiento del trabajador es relativo, debido a que con la precarización que hay en materia laboral, a veces el trabajador y la trabajadora dan su conformidad porque están presionados por el empleador o por el miedo a perder el trabajo.  “Entonces ese consentimiento tiene que estar acompañado por el rol del Estado o por la organización sindical que los nuclee”, observó. 

Por último, concluyó: “Obviamente, hay muchos hombres y mujeres que agradecen la existencia del teletrabajo por el tiempo que se ahorran para ir y venir del trabajo y por la tranquilidad. Hay que regularlo de manera tal que los inconvenientes se corrijan”. 

 

footer
Top