Con fundamento en el DNU que dispone su prohibición por sesenta días.
El fiscal federal de la Seguridad Social, Gabriel De Vedia, dictaminó en la causa en que once trabajadores de la empresa ACC GROUP SA, se presentaron ante la Justicia Nacional del Trabajo a través de un amparo contra la suspensión dispuesta por sus empleadores y solicitaron una cautelar que los reponga en sus puestos.
En ese marco, el representate del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable a la medida solicitada dado que se encontraban reunidos los requisitos. En esa dirección, De Vedia consideró que las suspensiones dispuestas por la empresa mediante telegramas, no cabían dentro de la excepción establecida por el DNU 329/20 que, en su tercer artículo habilitó suspender únicamente en el caso del procedimiento del art. 223bis de Ley de Contrato de Trabajo, es decir, los casos de suspensión por falta o disminución de trabajo no imputable al empleador o fuerza mayor debidamente comprobada, pactadas individual o colectivamente y homologadas por la Autoridad de Aplicación.
Por otra parte, en cuanto al peligro en la demora, el fiscal destacó que la reglamentación de emergencia del Poder Ejecutivo era sufieciente en vista a la protección de los trabajadores los cuales se verían desprotegidos ante el decaimiento de sus salarios por de las suspensiones. Ello, iría en contra de la Justicia Social y el Bienestar, principios presentes en nuestro ordenamiento desde la constitución histórica.
De Vedia subrayó que los instrumentos de derechos humanos, las recomendaciones de OIT frente a la protección de los puestos de trabajo y el COVID19, la preferente tutela que recae sobre los trabajadores reconocidos por la Corte Nacional en precedentes como "Aquino". En ese sentido, sintetizó: “no puedo dejar de resaltar que en el principio pro homine o pro persona impone escoger siempre el resultado que proteja en mayor medida al ser humano, y que la Corte Federal se refiere a él en el fallo 'Madorrán', enfatizando que informa todo el derecho de los derechos humanos”.
Con estos elementos, el fiscal De Vedia dictaminó en favor de la medida cautelar solicitada por los trabajadores y ahora deberá dedicir la Justicia del Trabajo.