• miércoles 23 de abril del 2025
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El Poder Judicial adopta medidas frente al Coronavirus

La Corte Suprema y los Ministerios Públicos Fiscal y de la Defensa se expidieron al respecto, en consonancia, con las recomendaciones del Ministerio de Salud.

Tanto la Corte Suprema de Justicia como el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, determinaron una licencia extraordinaria para todos aquellos agentes que en los últimos 14 días hubiesen ingresado al país desde el exterior provenientes de áreas de influencia o circulación del virus.

El Ministerio de Salud emitió una serie de recomendaciones para la población a partir de la situación epidemiológica actual del virus COVID-19. Cabe aclarar, que los coronavirus son una familia de virus conocida por causar enfermedades respiratorias.

Los síntomas más comunes son fiebre, tos y dolor de garganta. En algunos casos puede provocar dificultad respiratoria más severa y neumonía, requiriendo hospitalización. A su vez, puede afectar a cualquier persona, principalmente a adultos mayores de 65 años y personas con afecciones preexistentes (como hipertensión arterial, diabetes, etc.). También, las personas más expuestas son las que viajaron a zonas que se consideren como “transmisión local”.

Por su parte, el Poder Judicial al no estar ajeno a dicha problemática, dispuso distintas medidas siguiendo la línea de la Resolución 178/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

El pasado 9 de marzo el Ministerio Público de la Defensa, a través de la Resolución RDGN -2020-230, determinó que todos los agentes del Ministerio Público de la Defensa deberán tomar una licencia de catorce (14) días corridos en caso que hayan ingresado al país desde el exterior y procedentes de áreas de circulación y transmisión de Coronavirus (COVID-19).

En el mismo sentido, el Ministerio Público Fiscal se expidió con la idéntica medida. A su vez, agregó, que una vez que finalice el período de cuarentena, deberán requerir a un médico la respectiva constancia de aptitud.

Por último, en el día de hoy, la Corte Suprema dispuso una licencia excepcional, con goce de haberes, para todos aquellos magistrados, funcionarios y empleados que regresen al país de áreas con circulación transmisión de coronavirus, en los términos de la Resolución 178/2020 del Ministerio de Trabajo. La vigencia de la acordada se mantendrá, mientras existan razones de salud pública que la motivan.

Accedé a Resolución del MPF.

Accedé a la Acordada de la CSJN.

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