El Gobierno nacional argumenta que el objetivo de la decisión es acelerar la consolidación fiscal y evitar la generación de mayores desbalances.
Los empleadores podrán pagar el 50% de esa suma en diciembre y lo restante en febrero. Además, los sectores que se encuentren en crisis o declinación productiva podrán adecuar los plazos y montos.
Estará vigente hasta el 31 de marzo de 2019. El objetivo es “regular los efectos negativos que distintas situaciones provoquen en los niveles de empleo”.
Así lo anunció el Presidente de la Nación. El objetivo es que el Estado pueda disponer de los bienes provenientes de la corrupción o el narcotráfico. Se aplicará en forma retroactiva.
El objetivo de la norma es "asegurar la lealtad y transparencia en las relaciones comerciales y garantizar el acceso a información esencial sobre los productos y servicios comercializados". Prevé multas ante su incumplimiento.
La decisión se oficializó en el Boletín Oficial y el ministro a cargo del organismo será Luis Miguel Etchevehere. El decreto argumenta que esta jerarquización permitirá "optimizar la gestión pública orientada hacia el sector".
Los gobernadores Alberto Weretilneck y Omar Gutiérrez solicitaron ante la Corte Suprema de Justicia que se declare la inconstitucionalidad del DNU que estableció esa medida porque consideran que afecta los intereses de las provincias a su cargo.
Fue a través de un DNU. El haber mínimo aumentará de manera escalonada de $12.500 a $16.875.
Así lo resolvió el Juez del Trabajo N° 41 Alejandro Segura, en el marco de una causa iniciada por el periodista Miguel “Tití” Fernández contra una ART, calificando al DNU como una norma “impropia del Estado de Derecho”.
Así lo dispuso la jueza Rita María Ailan en el marco de una causa iniciada por la la Asociación Civil Gente de Derecho por la Defensa de la República, los Derechos Civiles y Sociales
Modificó por DNU la Ley N° 25.764 de Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.
La medida se dictó a través de un DNU y es para los títulos que les pertenezcan a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El objetivo es contribuir con la sustentabilidad de los esquemas fiscales de esas jurisdicciones.
Se trata de los integrantes de las Fuerzas Armadas fallecidos o gravemente lesionados como consecuencia del ataque al Regimiento de Infantería de Monte n° 29 Coronel Ignacio Warnes, ocurrido el 5 de octubre de 1975, en Formosa.
Se da en el marco de la declaración de emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días.
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 141/2020, se reperfiló el pago de la amortización para esa fecha, sin interrumpir el pago de los intereses originales.
Con este agregado, el Presidente emitió en 9 oportunidades disposiciones de carácter legislativo, facultad regulada por el artículo 99, inciso tercero de la Constitución Nacional.
Bajo el Decreto 4/2020, se había establecido la prórroga del Presupuesto General para el Ejercicio 2019, por lo que, resulta necesario la adecuación del mismo para el funcionamiento del Estado.
La presentación había sido hecha por un abogado se agraviaba de la limitación a la libertad ambulatoria.
Los parámetros fijados por la Corte Suprema de Justicia. Un análisis desde el Derecho Administrativo de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la pandemia.
Será para los servicios de gas, luz, agua corriente, telefonía móvil, internet y TV cable, aplicables a los sectores más vulnerables de la sociedad.
El DNU, también abarca la suspensión de las multas correspondientes. Será hasta el 30 de abril del 2020.
La prohibición de ingreso se exceptúa para las personas que se encuentren en tránsito aéreo hacia al país dentro de las próximas 48 horas, para transportistas y operadores de vuelos o traslados sanitarios.
Será hasta el 30 de junio de 2020, inclusive
Un análisis de las medidas adoptadas por diferentes países en el marco de la pandemia. Las diversas respuestas de los ordenamientos jurídicos ante el incumplimiento del aislamiento obligatorio.
También se prorrogarán automáticamente los alquileres hasta el 30 de septiembre.
A través de un decreto de necesidad y urgencia, el Presidente facilitó el acceso al financiamiento público de PyMEs para aminorar las dificultades de pago de los sueldos de los empleados.
Se aplica para los supuestos de despido sin causa, de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
El Decreto reduce hasta el 95% del pago de contribuciones patronales y brinda asignaciones compensatorias al salario.
Se destaca la incorporación de la inscripción y documentación de nacimientos. Las excepciones al aislamiento se limitan al estricto cumplimiento de la actividades.
El mismo deberá establecer también quiénes serán beneficiarios de las asignaciones compensatorias al salario y de los REPROs de asistencia por la emergencia.
A través de la Decisión Administrativa 468/2020, se agregó al listado de actividades esenciales en la emergencia.
Se publicó hace minutos en el Boletín Oficial. Prorrogó el aislamiento hasta el 26 de abril y determinó el procedimiento de “cuarentena administrada”.
La prohibición de ingreso al país contempla la coordinación de acciones con el fin de repatriar a los argentinos y las argentinas que aún no pudieron hacerlo.
La medida tomada, además, dispone que las ART no podrán rechazar la cobertura y deberán adoptar los recaudos necesarios para que la trabajadora o el trabajador damnificado reciba tratamiento inmediato.
Un análisis sobre el impacto en materia laboral de la norma dispuesta por el Gobierno, su alcance y su aplicación.
El nuevo decreto de necesidad y urgencia se publicó hace instantes en el Boletín Oficial. También se decretó la prórroga de la suspensión del curso de los plazos administrativos nacionales.
El Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, también, facultó al Jefe de Gabinete bonaerense a suspender las salidas de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública de los distintos municipios.
En facultades otorgadas por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, el Jefe de Ministros dispuso la medida con el fin de proteger la salud pública de los ciudadanos.
La misma se desarrollaría el próximo 13 de mayo con la sola presencia de la ex Presidenta en el recinto y será transmitida en vivo.
Se publicó hace minutos en el Boletín Oficial la prórroga del aislamiento obligatorio hasta el 10 de mayo. Asimismo, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso medidas de flexibilización en relación a la incorporación de nuevas actividades esenciales. Accedé al texto.
En sintonía con el DNU 408/2020 del Poder Ejecutivo que prolongó el aislamiento obligatorio, el Máximo Tribunal prorrogó la feria judicial.
Como había adelantado Alberto Fernández en conferencia de prensa, la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia entró en vigencia desde el 11 de mayo hasta el 24 del mismo mes.
Con fundamento en el DNU que dispone su prohibición por sesenta días.
El texto de la norma prescribe el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 7 de junio inclusive. Además, mantiene el régimen de excepciones establecido en el DNU 459/2020.
La acción está dirigida con el Poder Ejecutivo Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y destaca que en las excepciones dictadas en el marco del aislamiento "siguen ignorando a los abogados".
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal solicitó una medida cautelar para poder concurrir a estudios y oficinas.
La empresa se había presentado en concurso preventivo y desde el 4 de diciembre pasado se encontraba en cesación de pagos. Además el Presidente de la Nación anunció que se enviaría al Congreso de la Nación un proyecto de expropiación para estatizarla.
Una decisión de la jueza Rita Ailán en la causa promovida por el Colegio Público de Abogados de Capital Federal.
Con fundamento en la realidad impuesta por la pandemia y las variaciones económicas, convino necesario postergar la medida dispuesta por la Ley de Solidaridad N° 27.541. A su vez, extendió por el mismo plazo el labor de la Comisión creada al efecto, para adecuar una fórmula jubilatoria basada en la solidaridad y la redistribución.
En fundamento al impacto en el funcionamiento de la economía por la pandemia y las restricciones fiscales imperantes, el Gobierno dispuso que se abonará dentro del plazo legal hasta la suma de 40 mil pesos, y la suma excedente en dos cuotas iguales y consecutivas. Será aplicable para el Sector Público Nacional.
Determinó la medida en consonancia con el DNU 547/20 dictado por el Poder Ejecutivo. También dispuso el levantamiento de la feria extraordinaria para tribunales de las jurisdicciones de Córdoba, Mar del Plata, La Plata y Salta
La medida va en consonancia con lo establecido por el Poder Ejecutivo Nacional para todos los trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional.
Como había anunciado el Presidente, se prolonga el aislamiento obligatorio hasta el 17 de julio y se restringen las actividades exceptuadas en los lugares de transmisión comunitaria del virus. Repasamos los principales puntos del DNU 576/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial.
Será desde 29 de junio hasta el 17 de julio de 2020, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan
Mediante la publicación en el Suplemento del Boletín Oficial, el Ministerio de Desarrollo Productivo determinó el listado de empresas exportadoras exceptuadas, así como, el procedimiento para la incorporación de aquellas que no lo estén. Ello, de conformidad con el nuevo DNU N° 576/2020 dictado por el Poder Ejecutivo.
La acción se interpuso contra el Poder Ejecutivo Nacional, en tanto argumentan que el DNU 576/2020 violenta el derecho a la salud y la libertad, ya que obstaculiza el ejercicio de la actividad física en lugares públicos.
Así lo dispuso el Juzgado Federal de Zapala ante la finalidad de suspender la Decisión Administrativa que determinó la disposición.
Un repaso por las primeras desaprobaciones de la Cámara de Senadores a decretos de necesidad y urgencia sometidos a su control.
La nueva etapa del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción incorporó como beneficio créditos a tasas subsidiadas para empresas. Asimismo, la vigencia de los mismos podrá ser -en algunos casos- hasta el mes de diciembre.
"Que esta crisis excepcional exige prorrogar la oportuna adopción de medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo", expresa el decreto que también aplica para los supuestos de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
Los contribuyentes inscriptos como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas tienen tiempo hasta el 31 de agosto
La medida se publicó en el Suplemento del Boletín Oficial publicado en horas de la tarde.
Mediante el DNU N° 641/20, que extiende la cuarentena hasta el 16 de agosto, el Presidente prohibió las reuniones sociales en espacios cerrados cualquiera sea el número de personas -con excepción del nucleo familiar-.
El Tribunal de Trabajo N°2 de La Plata aplicó el DNU 329/20 que prohibió los despidos sin causa y las suspensiones en el marco de la pandemia. La novedad del fallo radica en el sujeto alcanzado.
También suspendió cualquier aumento de las tarifas de esos servicios hasta el 31 de diciembre. Se designó al ENACOM como órgano de aplicación.
Un análisis sobre el contenido del Decreto de Necesidad y Urgencia que dictó el presidente Alberto Fernández y los efectos de la medida.
El DNU N°690/2020: convergencia tecnológica y derechos humanos.
La reunión, realizada por videoconferencia, contó con la presencia de 9 de los 16 integrantes de la comisión; el interbloque de Juntos por el Cambio no participó e impugnó la sesión.
La próxima fecha de corte es el 20 de septiembre.
Así lo dispuso la Corte Suprema de Justicia, en virtud de la excepción de asistencia a familiar prevista por el DNU 297/2020.
Además, impide el corte de servicios de energía, gas, agua, telefonía fija o móvil, internet y cable por hasta siete facturas impagas para usuarios vulnerables.
Se aplica también para los supuestos de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. De esta forma, se trata de la tercera prórroga acerca de la prohibición de despidos.
La nueva prórroga será hasta el 25 de octubre.
Así lo ordenó la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal en el marco del amparo promovido por el Colegio de Abogados de la Capital Federal. Los magistrados consideraron que la autorización para que circulen solo una vez por semana resulta insuficiente.
Será para determinados departamentos y partidos de 16 provincias argentinas. La nueva fecha de corte es el 8 de noviembre.
Se aplica también para suspensiones y los supuestos de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. A su vez, se trata de la cuarto prórroga acerca de la prohibición de despidos.
Postuló que el recurso extraordinario del Estado Nacional es inadmisible.
Así lo dispuso el Poder Ejecutivo Nacional, por medio del DNU 946/2020
Lo dispuso por medio del DNU n° 945/2020, delegando la regulación de las condiciones de ingreso en la autoridad sanitaria o migratoria
Un análisis de los decretos delegados y de necesidad y urgencia firmados durante el primer año de presidencia de Alberto Fernández.
La Cámara de Diputados tratará hoy el proyecto de ley que determina una nuevo índice de movilidad jubilatoria, en modificación de la Ley de Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Tras una extensa sesión, la Cámara de Diputados transformó en ley el nuevo índice de cálculo del haber jubilatorio.