Mediante un Decreto publicado en el Boletín Oficial, le devuelve el rango ministerial a algunas áreas de gobierno y crea otras, como la de Obras Públicas y la de Mujeres, Género y Diversidad.
Consta de 86 artículos acerca de la deuda pública, tarifas, obligaciones tributarias, jubilaciones, entre otros aspectos. Destacamos los principales puntos.
Incluye el proyecto de ley sobre Consenso Fiscal 2019 y el acuerdo sobre la designación de las autoridades del Banco Central.
En el Decreto publicado en el día de hoy, se especifican las funciones y competencias que va a poseer cada área de la Administración Nacional en su nueva conformación.
Después de la aprobación en Diputados, la Cámara de Senadores aprobó esta madrugada la norma con 41 votos a favor, 23 en contra y una abstención.
Entró en vigencia esta tarde en un Suplemento del Boletín Oficial. Solo tiene una observación sobre los derechos de exportación de hidrocarburos.
La medida implicará un incremento de $ 3000 para el mes de enero y se adiciona $ 1000 para febrero. Según el Ministro de Trabajo, beneficia a aproximadamente a 1.400.000 de trabajadores y trabajadoras.
A través de la Decreto 98/2020, Alberto Fernández incluyó el tópico en el temario de Sesiones Extraordinarias para que sea tratado por el Congreso.
Además, ordenaron investigar la legalidad de las cesiones de tierras de Nación a Ciudad realizadas durante los 4 años de gobierno de Macri.
Con este agregado, el Presidente emitió en 9 oportunidades disposiciones de carácter legislativo, facultad regulada por el artículo 99, inciso tercero de la Constitución Nacional.
En 73 días de mandato, el Presidente de la Nación hizo uso en diez oportunidades de la potestad receptada en el artículo 99 inciso tercero de la Constitución Nacional.
El fin es intensificar los controles para dar cumplimiento al artículo 42 de la Constitución Nacional, referido a los Derechos de los Consumidores.
La presentación había sido hecha por un abogado se agraviaba de la limitación a la libertad ambulatoria.
También se prorrogarán automáticamente los alquileres hasta el 30 de septiembre.
Luego de reunirse con los gobernadores, el Presidente de la Nación anunció, junto a Eduardo de Pedro y Santiago Cafiero, la prórroga del aislamiento obligatorio que vencía el martes próximo hasta el fin de la Semana Santa.
También, en el suplemento del Boletín Oficial de ayer, se incluyeron dos decretos de necesidad y urgencia más.
Así lo comunicó por conferencia de prensa desde la Residencia de Olivos, luego de reunirse con sus asesores y ministros.
Se publicó hace minutos en el Boletín Oficial. Prorrogó el aislamiento hasta el 26 de abril y determinó el procedimiento de “cuarentena administrada”.
Junto con Horacio Rodriguez Larreta y Axel Kicillof, comunicó el comienzo de la fase de "reapertura progresiva" para todo el país, con excepción del AMBA.
Desde su asunción, el Presidente dictó 38 decretos de necesidad y urgencia y 12 delegados.
Se aplica también para los supuestos de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
En las regiones más afectadas como el AMBA, Capital Federal y Chaco continuará la cuarentena. Por otra parte, el resto del país pasará a la etapa de “distanciamiento social” y se mantiene la prohibición de realización de eventos masivos y la limitación del transporte interjurisdiccional. El primer mandatario expresó que la medida se extiende hasta el 28 de junio.
La empresa se había presentado en concurso preventivo y desde el 4 de diciembre pasado se encontraba en cesación de pagos. Además el Presidente de la Nación anunció que se enviaría al Congreso de la Nación un proyecto de expropiación para estatizarla.
Acompañado de Horacio Rodríguez Larreta y Axel Kicillof, comunicó que las zonas rojas de transmisión del virus volverán a fase 1, y en las zonas no afectadas continuarán en etapa de distanciamiento social. Por otra parte, se habilitarán los deportes individuales.
Será para los 35 partidos que integran el Área Metropolitana y para determinados departamentos de distintas provincias. Para el resto del país establece el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
Una síntesis de la iniciativa, con las modificaciones de comisiones del Senado, que tratará el Congreso de la Nación.
Será en el ámbito del Sector Público Nacional y en un porcentaje no inferior al 1%.
El Jefe de Gobierno porteño criticó la decisión del Presidente y ordenó el inicio de una acción judicial para pedir su inconstitucionalidad.
Una síntesis del texto que aprobó la cámara alta y que debatirá Diputados.
Se aplica también para suspensiones y los supuestos de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. A su vez, se trata de la cuarto prórroga acerca de la prohibición de despidos.
También, remitirá el proyecto del Programa de los Mil días. Lo comunicó a través de su cuenta oficial de Twitter.
Se trata de 24 magistrados y magistradas, y 6 defensores y defensoras. Se destaca el nombramiento de Daniel Bejas para la conformación de la Cámara Nacional Electoral.
A su vez, convocó a extraordinarias desde el 12 de diciembre hasta el 28 de febrero de 2021. Repasamos los temas a tratar.
Alberto Fernández promulgó parcialmente la norma que regula el ejercicio fiscal para el próximo año.
Las provincias tendrán la potestad de aplicar las restricciones nocturnas, de acuerdo al riesgo epidemiológico de cada jurisdicción teniendo en cuenta las variables de razón e incidencia de casos.
Se conoció el extenso trabajo del grupo de juristas que convocó el Presidente. Un repaso por los puntos sugeridos.
En un acto celebrado en el Museo de Bicentenario, el Presidente anunció la promulgación de la ley registrada bajo el número 27.610, y también de la Ley N° 27.611 de Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia.
Luego del acto celebrado en el Museo del Bicentenario, se publicó en el Boletín Oficial los decretos de promulgación de la Ley de Interrupción Voluntaria de Embarazo y la Ley del Programa de los Mil Días. El Presidente observó la palabra "integral" en la primera norma.
El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó parcialmente la ley de teletrabajo sancionada en agosto de 2020
Se aplica también para suspensiones y los supuestos de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. A su vez, se trata de la quinta prórroga acerca de la prohibición de despidos y su consecuente doble indemnización.
La norma, publicada bajo el número 27.610, se hace efectiva transcurridos ocho días del decreto de promulgación firmado por el Poder Ejecutivo.
El Presidente amplió la lista de proyectos de ley a tratar por el Congreso Nacional durante el período extraordinario. También incluyó modificaciones al Calendario Electoral 2021 por la emergencia sanitaria.