Se destaca la incorporación de la inscripción y documentación de nacimientos. Las excepciones al aislamiento se limitan al estricto cumplimiento de la actividades.
Un repaso por las decisiones más importantes dictadas en el marco de la pandemia y su impacto en las relaciones jurídicas.
La resolución del Juzgado en lo Civil N°4 de Capital Federal se da en el marco del régimen de coparentalidad y la irrupción de la cuarentena obligatoria.
El texto de la norma prescribe el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 7 de junio inclusive. Además, mantiene el régimen de excepciones establecido en el DNU 459/2020.
Se trata de una empresa que requería la inclusión en el Programa por el cual el Estado Nacional abona el 50% del sueldo de los trabajadores en concepto de salario complementario por la emergencia.
Se trata de normas que abarcan distintas temáticas en el marco del ASPO: emergencia sanitaria en geriátricos, cuestiones de violencia familiar, ratificación de decretos dictados por el Poder Ejecutivo y la suspensión de desalojos y ejecuciones.
La acción está dirigida con el Poder Ejecutivo Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y destaca que en las excepciones dictadas en el marco del aislamiento "siguen ignorando a los abogados".
Así lo decidió la titular del Juzgado Civil y Comercial N° 9 de Mar del Plata, al analizar las cuestiones formales. Sin embargo, rechazó la medida cautelar innovativa.
Una decisión de la jueza Rita Ailán en la causa promovida por el Colegio Público de Abogados de Capital Federal.
Mediante la publicación en el Boletín Oficial, el Jefe de Gabinete incorporó como excepción al aislamiento a la práctica deportiva realizada por los clasificados, así como, a su equipo de trabajo y los lugares donde se desarrolle la actividad. Por otra parte, también exceptuó de la cuarentena a la actividad de vuelo o simulación de vuelo.
La resolución se da luego de que el Poder Ejecutivo provincial habilitara los servicios jurídicos en el municipio de Gral. Pueyrredón.
Es a partir de un planteo realizado por el Colegio de Abogados provincial. Días atrás, el Ejecutivo ya había permitido los servicios jurídicos y había aprobado protocolos para la actividad.
Así lo decidió en el marco de una causa iniciada por una empresa petrolera que se vio impedida de que sus operarios ingresaran a la provincia de Santa Cruz con motivo de la pandemia del Coronavirus.
Un relevamiento de las pautas adoptadas por la Superintendencia de la Cámara desde el inicio de la feria extraordinaria hasta el 27 de julio pasado.
Será para los 35 partidos que integran el Área Metropolitana y para determinados departamentos de distintas provincias. Para el resto del país establece el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
El caso surgió a partir de que el municipio anunciara el fin de semana pasado el regreso a una etapa de Aislamiento sin contar con el Decreto presidencial que así lo determine, que recién fue anunciado en el día de ayer.
La próxima fecha de corte es el 20 de septiembre.
La nueva prórroga será hasta el 25 de octubre.
Así lo ordenó la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal en el marco del amparo promovido por el Colegio de Abogados de la Capital Federal. Los magistrados consideraron que la autorización para que circulen solo una vez por semana resulta insuficiente.
Será para determinados departamentos y partidos de 16 provincias argentinas. La nueva fecha de corte es el 8 de noviembre.
Solo continuarán en fase de aislamiento social preventivo y obligatorio los aglomerados urbanos de Bariloche, Dina Huapi y Puerto Deseado.
Por primera vez desde el 18 de marzo no habrá ningún aglomerado urbano en etapa de aislamiento social, preventivo y obligatorio.