• martes 16 de abril del 2024
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Buenos Aires: Prohíben la carga de combustible a motociclistas sin casco y chaleco con la patente impresa

Además los municipios podrán delimitar zonas, días y horarios para prohibir la circulación de dos o más ocupantes en una moto.-

Mediante el dictado de la Ley nº 15.143, modificatoria de sus similares nº 13.927 y nº 14.547, que se publicó en el Boletín Oficial de la provincia, se impone la obligación a los conductores y acompañantes de ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos, de utilizar un casco reglamentario debidamente homologado y chaleco reflectante, ambos con la identificación del dominio, cuyo incumplimiento es considerado falta grave.

Asimismo, prohíbe el suministro de combustible para los vehículos mencionados, cuando su conductor y acompañante no lleven consigo el casco reglamentario y el chaleco reflectante, indicando que las estaciones de servicio y expendedoras de combustible deberán colocar en lugares visibles carteles con la leyenda "PROTEGEMOS TU VIDA: SIN CASCO NI CHALECO NO HAY COMBUSTIBLE".

Sumado a ello, en su artículo 9°, establece que en el plazo de 45 días, los municipios de la Provincia de Buenos Aires, deben elevar al Ministerio de Seguridad el diseño geográfico de las zonas, días y horarios con prohibición para la circulación de motovehículos con dos ocupantes.

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