• jueves 18 de abril del 2024
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Desestimaron una denuncia contra Abuelas de Plaza de Mayo por cortar una calle

La Dirección de Asuntos Penales de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires las acusó por la interrupción total del tránsito durante los festejos por los 40 años de la organización.

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°13, a cargo de Luis Zelaya, desestimó una denuncia realizada por la Dirección de Asuntos Penales de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires contra la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo debido a que habían cortado una calle con motivo de los 40 años de la organización.

En la presentación judicial se relató que el 4 de diciembre de 2017, en la intersección de la Avenida Corrientes con la calle Agüero de esta ciudad, un grupo de manifestantes habría provocado “la interrupción total del tránsito” entre las 17:00 y 20:30 hs. aproximadamente, lo cual habría producido como consecuencia, la afectación del servicio de 7 líneas de colectivos lo que, según el entendimiento de la denunciante, encuadraría en el delito que reprime el artículo 194 del Código Penal.

Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal consideró en su dictamen que  no hubo delito. Asimismo, agregó que a raíz del hecho denunciado no hubo incidentes informados ni por la Procuración de la Ciudad, ni por las fuerzas de seguridad. También , destacó el uso del espacio público como comportamiento expresivo.

“Los denunciantes se equivocan cuando desconocen a la constitución nacional, los instrumentos por ella incorporados,  los compromisos asumidos por la República Argentina, como los fallos internacionales al respecto y en cuanto a la naturaleza democrática de las actividades de reunión en las que participaron los manifestantes que celebraban la fundación  “Abuelas de plaza de mayo”, organismo que ha promovido y organizado dicho evento”, argumentó. 

En esa misma línea, enfatizó que cualquier decisión que implique continuar la persecución penal en este tipo de casos, sobre la base del tipo penal previsto en el artículo 194 del Código Penal, demostraría el peligro de permitir que una norma de esta naturaleza sea utilizada para criminalizar opiniones, reclamos y legítimos ejercicios del derecho de reunión por parte de sectores que no están de acuerdo con el gobierno de turno. 

En consecuencia, el juez Damián Kirszenbaum desestimó la denuncia basándose en los argumentos del dictamen.

Accedé al dictamen del Ministerio Público Fiscal.

Accedé a la resolución judicial.

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