• martes 16 de abril del 2024
logo
add image

Chaco: la Justicia prohibió toda resolución que afecte a la actividad forestal en la provincia

Lo hizo a través de una medida anticautelar, contra la posibilidad de que se inicien acciones judiciales tendientes a suspender la actividad.

Por decisión del juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial n° 6 de Resistencia, Jorge Mladen Sinkovich, se ordenó una medida cautelar contra cualquier resolución judicial o administrativa que suspenda la actividad forestal en la provincia de Chaco. Calificó a la actividad como “legal y de plena vigencia”.

Se trata de una medida anticautelar interpuesta a raíz de las notas periodísticas de las cuales surgió la posibilidad de interponer medidas cautelares con el fin de suspender la ejecución de planes, permisos, guías de tránsito de productos forestales e industriales, o el avance de permisos o autorizaciones otorgadas que se encuentren en ejecución.

Dentro de los fundamentos de la medida se destaca que “si se utiliza algún medio judicial, administrativo y/o recursivo de cualquier índole que anule los efectos de permisos y autorizaciones de trabajo, se afectaría la posibilidad de acceder a un trabajo digno para lograr el sustento de numerosas familias en el interior de esa provincia, donde éstas actividades productivas representan la única fuente de trabajo existente”.

Así, el juez consideró que hay una situación de urgencia acreditada, que implica una situación de vulnerabilidad cautelar. Esto es, que si se interpone una medida cautelar que suspenda los permisos de trabajo, se perjudicaría enormemente a esos trabajadores. Por ello, “no se admiten demoras frente a la posibilidad de que el requirente pueda ser víctima de un abuso cautelar”.

“Lo que en definitiva persigue el accionante no es más ni menos que obtener de parte de la jurisdicción una protección cautelar contra eventuales cautelares”. Señaló el juez, y entendió que, de darse curso a las medidas cautelares contra la actividad forestal “se afectarían derechos adquiridos por terceros ajenos al Estado Provincial, afectando la posibilidad de acceder a un trabajo digno para lograr el sustento de numerosas familias”.

 

Accedé al fallo

footer
Top