La medida cautelar adoptada por la justicia bonaerense estableció el tope máximo de 35% del valor del sueldo de la beneficiaria.
El Juzgado N° 2 Civil y Comercial de la ciudad de La Plata, a cargo de Vicente Santos Atela, ordenó de manera cautelar el congelamiento de la cuota de un crédito hipotecario UVA por la compra de una vivienda única familiar.
El juez fundó su sentencia en la afección a los derechos humanos y particularmente los derechos económicos de la actora, y la motivó en la Ley de Defensa al Consumidor y como en la Comunicación del Banco Central de la República Argentina "A" 6884 que limita el monto de las cuotas de los crédito UVA a un máximo del 35 % de los ingresos mensuales de los deudores.
Además subrayó que en el caso particular la beneficiaria hipotecaria al momento de celebrar el contrato de mutuo, el crédito afectaba el 25 % de su salario, y actualmente compromete el 70% del mismo, tornando la situación de extrema gravedad dónde no puede cubrir las necesidades básicas y esenciales.
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