• viernes 29 de marzo del 2024
logo
add image

Se publicaron tres nuevos DNU’s en el Boletín Oficial

Con este agregado, el Presidente emitió en 9 oportunidades disposiciones de carácter legislativo, facultad regulada por el artículo 99, inciso tercero de la Constitución Nacional.

El Presidente de la Nación, en acuerdo general de ministros, dictó a través de la publicación en el Boletín Oficial tres nuevos decretos de necesidad y urgencia. Entre las principales medidas, determinó que las disposiciones del Decreto N°34/2019, dónde se había declarado la emergencia pública ocupacional, no serán aplicables al Sector Público Nacional. A su vez, dejó sin efecto la facultad de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a dar en pago bienes inmuebles para cancelar deudas y otras obligaciones contraídas.

A partir del DNU N° 145/2020, Alberto Fernández dejó sin efecto la dación en pago de bienes inmuebles, por parte de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, para cancelar deudas o cumplimentar compromisos de asistencia económico-financiera. Dicha potestad había sido determinada por el ex presidente Mauricio Macri a través del DNU N° 740/19.

Además, a través del DNU N° 156/2020, aclaró que las disposiciones del DNU 34/2019 no serán aplicables en el ámbito del Sector Público Nacional. Por esa disposición, se había declarado la emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días.

Los efectos de esa emisión de carácter legislativa implicaban que, en caso de despido sin justa causa durante la vigencia del decreto, la trabajadora o el trabajador afectado tuviera derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad a la legislación vigente. Por ello, esclareció que esa disposición no se aplica para los sujetos del Sector Público Nacional, regulados en el artículo 8 de la Ley de Administración Financiera.

Por último, mediante el DNU N° 157/2020, el Presidente determinó la modificación de competencias de distintos organismos y la jerarquización de algunos cargos relativos a ellos.

En primer lugar, creó Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, unificando dos antiguas agencias. Además, en relación al ámbito de la ciencia, jerarquizó al rango de Secretario la remuneración del Presidente del Directorio del CONICET.

Por otra parte, transfirió el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) del ámbito del Ministerio de Desarrollo Social a la órbita del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Finalmente, por medio de este decreto de necesidad y urgencia, determinó que el Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad integre el Consejo Federal y el Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, previsto por la Ley 26.364.

Accedé al DNU N° 145/2020

Accedé al DNU N° 156/2020

Accedé al DNU N° 157/2020

footer
Top